Redacción SomosMass99
México D.F. / Jueves 12 de marzo de 2015
Después de cinco meses, legisladores de las comisiones unidas del Senado de la República aprobaron por unanimidad el dictamen de la Ley General de Transparencia.
Entre las modificaciones la nueva ley en su Artículo 5 establece que “no podrá clasificarse como reservada aquella información que esté relacionada con la investigación de violaciones graves a derechos humanos o delitos de lesa humanidad”.
Al respecto la presidenta de la Comisión de Gobernación, Cristina Díaz Salazar, indicó que también establece “lo que no se podrá clasificar como información reservada que tiene que ver con relaciones a violaciones graves a derechos humanos o delitos de lesa humanidad y que está señalado de acuerdo con el derecho nacional y con tratados internacionales”, reporta Animal Político.

- Con la nueva ley se deberá mantener actualizado el directorio de servidores públicos de los tres niveles de gobierno de estados y municipios e incluir sueldos, gratificaciones, primas, comisiones, dietas, bonos, estímulos, ingresos y sistema de compensación; gastos de representación y viáticos.
Argumentó que con esta ley general se garantiza el derecho de los ciudadanos a la información y los deberes de los gobiernos a transparentar su actuación.
En su opinión la senadora del Partido Acción Nacional (PAN), Laura Rojas, reconoció que con la reforma los ciudadanos tendrán acceso a la información sobre casos relativos a violaciones de derechos humanos y delitos de lesa humanidad que anteriormente se mantenían en reserva.
La comisiones participantes en la discusión son las de Anticorrupción, Gobernación y Estudios Legislativos Segunda. Y durante dos horas los legisladores del PRI, PAN, PRD, PVEM y Nueva Alianza discutieron el dictamen, el cual fue aprobado sin hacer caso a las modificaciones que envío el presidente Enrique Peña Nieto, informa el portal Animal Político
El presidente de la Comisión Anticorrupción y de Participación Ciudadana, Pablo Escudero Morales, dijo que se prevé que este mismo jueves sea puesto a consideración del pleno en primera lectura, para su discusión y, en su caso, aprobado.
Para el senador Alejandro Encinas Rodríguez la importancia de esta nueva ley es que incluye todo lo referente a los sujetos obligados directos que son los fondos y fideicomisos públicos y privados, los cuales tendrán que rendir directamente cuentas del manejo de sus recursos.
Asimismo, “los asuntos vinculados con el sector energético y el esquema de contrataciones y rendición de cuentas, en especial del Fondo Mexicano del Petróleo, que creo que ha quedado muy bien en la ley”, afirmó.
Una vez que sea avalada por la Cámara de Diputados y entre en vigor, señala que los sujetos obligados deberán poner a disposición del público y mantener actualizado a través de medios electrónicos el directorio de servidores públicos de los tres niveles de gobierno de estados y municipios.
Se deberán incluir sueldos, gratificaciones, primas, comisiones, dietas, bonos, estímulos, ingresos y sistema de compensación; los gastos de representación y viáticos.

- La Ley General de Transparencia debió aprobarse en el Senado desde el pasado 7 de febrero, cuando se cumplió el plazo de un año para expedir las leyes reglamentarias de la reforma aprobada en 2014.
Tras analizar la propuesta que Enrique Peña Nieto envió al Senado, organizaciones civiles acusaron que la iniciativa era un retroceso después de una década de logros en materia de transparencia, por lo cual el pasado 24 de febrero se envió una carta a los senadores para solicitarles que se aprobara con los contenidos originales.
Hay retrocesos: Artículo 19
La organización defensora de la libertad de expresión y de los derechos de los periodistas, Artículo 19 destaca que el dictamen de la Ley general de Transparencia presentado el día miércoles 11 de marzo de 2015, amplía las reservas al derecho a la información, limita las garantías de publicidad de la información sobre violaciones graves de derechos humanos y delitos de lesa humanidad y flexibiliza la obligación de documentar, entre otros serios retrocesos.
Señala que el documento presentado que no incorpora los altos estándares de protección internacional en la materia propuestos por sociedad civil en diciembre del 2014. El Senado ha señalado en numerosas ocasiones la injerencia y las acotaciones de la Consejería Jurídica de Presidencia sobre la ley, violando el contrapeso y la representación que debe custodiar la Cámara. La negociación política entre el Ejecutivo y los partidos políticos ha puesto en vilo el marco normativo de transparencia necesario para que sea una verdadera y eficaz herramienta necesaria de la ciudadanía.

- Artículo 19 destacó que el Senado debe realizar una labor de contrapeso y representación, considerando que el trabajo realizado por la Cámara, la sociedad civil y la academia debe protegerse y dictaminarse al haber considerado los más altos estándares internacionales del derecho de acceso a la información.
Y señala que el proyecto presentado el miércoles por la noche, contiene modificaciones que representan las regresiones más relevantes respecto a la Iniciativa descrita:
No es clara la prevalencia de la Ley General de Transparencia sobre otras leyes
Se amplían supuestos para clasificar información como reservada
Se reducen las garantías de publicidad de la información sobre violaciones graves de derechos humanos y delitos de lesa humanidad.
Se hace nugatoria la obligación de generar información y se flexibiliza el deber de documentar todo acto que derive del ejercicio de facultades, competencias o funciones
No se determinan con absoluta certeza los plazos para clasificación de información relacionada con infraestructura clave y estabilidad financiera
Otras preocupaciones:
Se incorpora una lista considerable de unidades administrativas exentas de la supervisión de Comités de Transparencia. Se incorporan sujetos de derecho internacional público que destacan facultades de información clasificada sin acotar a que se refieren. Se reducen las obligaciones de transparencia relacionadas con deuda pública y se nulifican en casos de intervenciones en telecomunicaciones y geolocalización.
[1] Comisión Interamericana de Derechos Humanos, Derecho a la verdad en América, párr. 109.
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