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Eréndira Derbez / Másde131
México, D.F. / Jueves 21 de enero de 2016
Como un ‘triunfo social’ calificó el poeta Mardonio Carballo la resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación que declara inconstitucional parte del artículo 230 de la Ley Telecom.
El Artículo 230 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión o Ley Telecom –ordenamiento aprobado en junio de 2014 como parte de las reformas estructurales de la presente administración- excluye a las lenguas indígenas al establecer: «Artículo 230. En sus transmisiones, las estaciones radiodifusoras de los concesionarios deberán hacer uso del idioma nacional. Lo anterior, sin perjuicio de que adicionalmente las concesiones de uso social indígena hagan uso de la lengua del pueblo originario que corresponda.
«En caso de que las transmisiones sean en idioma extranjero, deberá utilizarse el subtitulaje o la traducción respectiva al español, en casos excepcionales, la Secretaría de Gobernación podrá autorizar el uso de idiomas extranjeros sin subtitulaje o traducción de conformidad con las disposiciones reglamentarias».
Es decir, las emisoras que no sean indígenas están obligadas a transmitir en el “idioma nacional” (entiéndase como castellano) y el resto de lenguas originarias que existen en el país únicamente podrían ser transmitidas en las radios comunitarias indígenas, limitando la expresión y cultura de las comunidades indígenas a espacios sumamente reducidos, el de su respectiva región.
Ignorar que existen otras lenguas y limitar su difusión contraviene los derechos de los pueblos y comunidades originarias, señal alarmante en un país con una gran riqueza lingüística, pues más de 6 millones de personas hablan alguna de las 89 lenguas indígenas existentes.
Lo anterior se agrava en lugares como el Distrito Federal que únicamente cuentan con emisoras comerciales; lo que significa que las personas hablantes de alguna lengua originaria, como el poeta y periodista, Mardonio Carballo, quien habla y trabaja en español y náhuatl, ven violentados sus derechos a la libre expresión, a participar en la vida cultural y el derecho a no ser discriminado.

- ¡Cinco votos! Mardonio Carballo y su abogado, Luis Fernando García posan sonrientes. García señala con su mano los cinco votos obtenidos.
Ante ello, Carballo denunció la inconstitucionalidad del artículo y tras un año consiguió que la primera sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, de manera unánime, resolviera a su favor el amparo en revisión 622/2015 a propuesta del ministro Arturo Zaldívar, esto sienta un precedente importante al señalar y combatir la discriminación lingüística en México.
Luis Fernando García es el abogado que representó a Carballo. Es director de la Red de Defensa de Derechos Digitales (R3D) y es también profesor de Derechos Humanos en la Universidad Iberoamericana.
En el 2014, García se involucró en la discusión de la Ley Telecom, misma que considera que es en muchas partes “inconstitucional y violatoria de derechos humanos.” Intentando incidir en la ley conoció a otros grupos como los que trabajan en y con las radios indígenas y comunitarias, con las que mantuvo contacto. Ha presentado más de diez amparos impugnando esta ley, entre estos está el que se resolvió hoy.
En entrevista para Más de 131, explica que, como lo ha confirmado hoy la Suprema Corte, este artículo es “discriminatorio” y atenta contra la libertad de expresión, los derechos de los pueblos y comunidades indígenas y su derecho a participar en la vida cultural: “No solamente porque impide que alguien se exprese en un medio de comunicación en su lengua, también porque impide que otras personas reciban información en esa lengua”.
Para llevar este caso, y cubrir los gastos que conlleva, se ha formado un colectivo que ha apoyado a Mardonio Carvallo, Artistas en Contra de la Discriminación Lingüística. El grupo busca seguir trabajando en la difusión y conservación de las lenguas indígenas, que, como lo explica García, “no pueden ser enviadas a un rincón… básicamente lo que decía ese artículo”.
Esto es un precedente, no sólo para Carballo, porque ahora cualquier persona que busque sancionar a alguien por hablar una lengua indígena en cualquier medio de comunicación “encontrará que es inconstitucional”, aclara el joven abogado.
Agrega que “la discriminación contra los indígenas y hablantes de lenguas está muy invisibilizada, seguramente muy poca gente sabía siquiera que este artículo existía, se aprobó sin que nadie dijera nada… creo que se puede abrir una discusión muy importante de reivindicación de las lenguas indígenas como un vehículo para la preservación y el fomento de las lenguas, contrarrestar la marginación e, incluso, el exterminio fomentado por políticas estatales.
Luis Fernando García termina describiendo a este logro como “un pequeño paso”, recuerda que “no resuelve por si solo la discriminación estructural que existe”, pero sí puede “generar la discusión pública y un esfuerzo colectivo para reivindicar estos derechos”.

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