SOMOSMASS99
Edgar Cortez
Martes 29 de marzo de 2016
Hace más de una década se documenta que, en México, las personas defensoras de derechos humanos corren cada vez mayor riesgo. A pesar de la evidencia reiterada, la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) concluyó en su Recomendación General 25 (bit.ly/25t4OzF) que el Estado mexicano tiene conocimiento de la gravedad sobre las agresiones que sufren los defensores y defensoras, igualmente sabe de la ausencia de herramientas eficaces para medir su magnitud y constancia, así como de la necesidad de implementar medidas eficientes para la prevención y protección de tales ataques…
En 2003 Amnistía Internacional publicó su informe Actores esenciales de nuestro tiempo (bit.ly/22VAOdr), ahí daba cuenta del riesgo que enfrentaban las defensoras y defensores de derechos humanos en América Latina y ya destacaban los casos mexicanos. En 2009 la Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos en México presentó su informe Entre el compromiso y el riesgo (bit.ly/21PTY21) reseñando las dificultades crecientes en medio cual desarrollaban su trabaja las personas defensoras de derechos humanos y tres actualizaciones en 2010, 2012 y 2013. En 2014 la Red “Todos los Derechos para todas y todos” difundió el informe El derechos a defender los derechos humanos (bit.ly/1qcfPVT). Todos concluyen que las defensoras y defensores de derechos humanos enfrentan cada vez riesgos mayores y que lo que prevalece es la impunidad.
Apenas el 7 de marzo pasado la CNDH hizo pública su recomendación general número 25 sobre agravios a personas defensoras de derechos humanos. Destaco algunas de sus conclusiones:
- De las 33 Procuradurías o Fiscalías encargadas de investigar las agresiones contra personas defensoras de derechos humanos, 17 no cuentan con información al respecto.
- El Ministerio Público no analiza el contexto relativo a la actividad desarrollada por la víctima en su carácter de defensor de derechos, ignorando con ello las condiciones especiales de riesgo que enfrenta en atención a la calidad de sus agentes agresores que en ocasiones son servidores públicos (párrafo 18)
- Una parte importante de la ausencia de información por parte de las procuradurías locales, deriva de la falta de fiscalías o unidades especializadas en la persecución de delitos en contra de personas defensoras de derechos humanos (párrafo 20)
- La CNDH entre 2011 y 2015 inició 267 quejas por agresiones y ataques contra personas defensoras de derechos humanos. Más del doble que durante el quinquenio anterior
- De las quejas iniciadas en los últimos años se advierte una falta de resultados en la investigación de los delitos cometidos en agravio de las personas defensoras de derechos humanos, presumiblemente, vinculada a la inadecuada y deficiente capacitación y sensibilización de los servidores públicos que intervienen en la integración de las averiguaciones previas… (párrafo 30)
- De 1° de enero de 2010 al 31 de diciembre de 2015 se tiene el registro de 25 homicidios, y 3 desapariciones entre el 1° de enero de 2009 al 31 de diciembre de 2015 (párrafo 96)
- Las carencias y omisiones documentadas en las instancias de investigación y persecución de delitos, la corrupción y el abuso de poder en algunas instituciones, la falta de protocolos especializados, programas de prevención, de inspección y supervisión eficaces a las autoridades encargadas de la seguridad pública y la procuración de justicia, de sanciones puntuales y ejemplares para aquellos servidores públicos infractores o negligentes, han propiciado el incremento en la impunidad respecto de las agresiones en perjuicio de las personas defensoras, lo que demanda especial atención y un cambio de actitud institucional (párrafo 151)
La CNDH apuntala aún más el diagnóstico sobre la situación de riesgo permanente que enfrentan las defensoras y defensores de derechos humanos.
Resultado de lo anterior son un conjunto de recomendaciones a diversas autoridades. En general recomienda que se inicie una campaña pública en materia de reconocimiento y no estigmatización del trabajo de las personas defensoras de derechos humanos y que se envíe una circular a los servidores públicos para que respeten a las personas defensoras y su trabajo.
A los gobernadores les pide que establezcan mecanismos locales de protección de las defensoras y defensores y que capaciten al respecto a sus funcionarios.
A la PGR, Procuradurías y Fiscalías locales que desarrollen y apliquen protocolos especiales en donde se considere la vulnerabilidad, situación de riesgo y contexto vinculado a la labor de las personas defensoras de derechos humanos víctimas de delitos por el personal que interviene en la integración de averiguaciones previas. También recomienda que se giren instrucciones, a quien corresponda, a fin de que, a la brevedad se practiquen las diligencias necesarias tendentes a lograr la integración y, en su oportunidad, determinación conforme a derecho, de las averiguaciones previas señaladas en la presente Recomendación General.
Al Mecanismo de protección de personas defensoras de derechos humanos que la Secretaría de Gobernación asegure los recursos necesarios para que pueda cumplir cabalmente con sus obligaciones y que presente públicamente un reporte semestral que dé cuenta de las agresiones sufridas por las defensoras y defensores.
En términos generales las recomendaciones son correctas pero para que se concreten se requiere de mucho trabajo de convencimiento y de un riguroso seguimiento. ¿La CNDH estará dispuesta a mantener tal esfuerzo?
@EdgarCortezm
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