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CNDH: Legítima defensa en Guanajuato es inconstitucional, viola DDHH

Sociedad Estado / Sociedad País / Top News / 24/08/2017

SOMOSMASS99

 

Redacción / SomosMass99

Guanajuato, Gto. / Miércoles 23 de agosto de 2017

 


PDHG no sabe decir si está a favor o en contra; se allana y pide que la SCJN analice la reforma al Código Penal del estado


La acción de inconstitucionalidad de la CNDH pone en duda los criterios y propósitos de los tres poderes en Guanajuato


 

La Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) presentó una demanda de acción de inconstitucionalidad contra la reforma al Código Penal del Estado de Guanajuato que establece como legítima defensa el ataque a una persona que irrumpa en una casa habitación y ponga en riesgo la integridad física o los bienes de sus ocupantes.

La CNDH considera que la adición a la fracción XI del artículo 33 del código guanajuatense, aprobada de forma unánime por el Congreso del Estado, decretada por el gobernador Miguel Márquez y avalada por Miguel Valadez Reyes, presidente del Supremo Tribunal de Justicia del Estado, viola siete derechos humanos fundamentales y contraviene cuatro artículos de la Constitución de la República y cinco de la Convención Americana de Derechos Humanos.

Luis Raúl González Pérez, presidente de la CNDH. | Foto: Diego Simón Sánchez / Cuartoscuro.

La acción de inconstitucionalidad fue interpuesta ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) el 14 de agosto. La Procuraduría de los Derechos Humanos de Guanajuato (PDHG) reaccionó hoy a través de un comunicado de prensa no con una opinión propia sino con la recomendación de que por «la importancia y alcance de la colisión de derechos que presenta la norma impugnada, es importante que sea (…) el Poder Judicial de la Federación y su máximo órgano, el que realice el estudio concreto de la norma y defina si la misma resulta acorde al parámetro de regularidad constitucional, o si bien, es contraria a derechos humanos».

Firmada por el presidente de la CNDH, Luis Raúl González Pérez, la demanda de inconstitucionalidad 97/2017 precisa que la reforma al Código Penal Guanjuatense viola el derecho a la seguridad jurídica, la obligación de respetar los derechos humanos, el principio de legalidad en su vertiente de taxatividad, el derecho de acceso a la justicia, la obligación de proteger el derecho a la vida y los derechos a la integridad personal y a la vida.

González Pérez expone ante la SCJN que la norma aprobada por el Legislativo guanajuatense establece una redacción penal abierta que se traduce en una transgresión a los derechos que puede dar pauta a la transgresión de otros derechos tales como la integridad personal y la vida de las personas.

Explica que «la adición de la fracción XI al artículo 33 del Código Penal del Estado de Guanajuato constituye una presunción positiva a favor de quien repela de manera desproporcionada, una agresión ilegítima contra la persona que irrumpa en casa habitación ajena, y ejerza violencia sobre las personas o sobre las cosas que en tales sitios se hallen. Generando con ello una causa de exclusión del delito en sentido amplio fuera de los principios que rigen la licitud de la legítima defensa a saber: racionalidad, proporcionalidad y necesidad.

Santiago García López, presidente estatal del PRI en Guanajuato.

«La causa de exclusión del delito que nos ocupa tiene como eje rector la protección de bienes jurídicos propios o ajenos, contra una agresión ilegítima por intrusión a casa habitación. Partiendo de ello. puede advertirse de su contenido literal que esta causa de exclusión del delito tiene como principal referencia que un individuo se interne o irrumpa dentro de casa habitación ajena, siendo esto considerado como agresión ilegitima.

«Sin embargo, al tratarse de la exclusión de delitos, la norma carece de delimitantes específicos que permitan definir los alcances de su composición, es decir, al prever como excluyente del delito la repulsa en cualquier medida por la mera intrusión actual a casa habitación se faculta la permisión de actuaciones desproporcionadas entre la repulsa y los bienes jurídicos protegidos, fuera de los límites de racionalidad, proporcionalidad y necesidad que regulan la figura de la legitima defensa».

A su vez, en su comunicado, la PDHG se descalificó a sí misma para abordar este tipo de asuntos relacionados a los derechos humanos. Apuntó que la oficina del ombudsman Raúl Montero de Alba «concibe el debate público como un ejercicio democrático» y, en tal sentido, que la acción de inconstitucionalidad presentada por la CNDH es «oportunidad para que el tema sea discutido públicamente por expertos en la materia y puedan surgir resultados que deriven en una protección integral de los derechos humanos, de manera universal, progresiva, interdependiente e indivisible, conforme al mandato constitucional».

Por unanimidad

A iniciativa del coordinador parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, Santiago García López, el 29 de junio pasado los 36 legisladores del PAN, PRI, PVEM, Nueva Alianza y MC que integran el Congreso del Estado, aprobaron la reforma a la fracción XI del artículo 33.

García López dijo en esa ocasión, de acuerdo con el portal Zona Franca, que los ciudadanos exigen mayor protección y que como padres de familia demandan «el derecho de defender lo más nuestro, lo más valioso (…) lo tenemos en el interior de nuestra casa, de nuestro hogar», además de que para aprobar la reforma escucharon las opiniones de abogados, académicos y de la ciudadanía en general. Una de ellas, la de Miguel Valadez Reyes, presidente del Supremo Tribunal de Justicia del Estado, a quien citó: «No debo esperar a que el individuo al que sorprendo dentro de mi hogar, realice un ataque contra mí, realice un ataque contra mi esposa, realice un ataque contra mis bienes”.

Miguel Valadez Reyes, presidente del Supremo Tribunal de Justicia de Guanajuato. | Fotograma: Youtube.

Valadez Reyes había avalado la reforma desde mayo, cuando en reunión con la bancada priista sostuvo que se trataba de una interesante iniciativa “que debemos de impulsarla», toda vez que las leyes deben actualizarse de acuerdo a las necesidades cambiantes de la sociedad y ante el incremento de la inseguridad en Guanajuato.

El titular del Ejecutivo estatal, Miguel Márquez, finalmente promulgó la reforma mediante decreto en el Periódico Oficial del Estado de Guanajuato del 14 de julio de este año.


Imagen de portada: Salón de Plenos del Congreso del Estado de Guanajuato. | Foto: Poder Legislativo de Guanajuato.






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