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Exigen frenar acoso contra Sergio Aguayo

Sociedad País / Top News / 30/01/2020

SOMOSMASS99

 

Redacción / SomosMass99

Ciudad de México / Miércoles 29 de enero de 2020

 

Cerca de 300 organizaciones de la sociedad civil, académicos y periodistas del país exigieron este día al Consejo de la Judicatura de la Ciudad de México actuar frente al acoso judicial contra el analista y académico Sergio Aguayo Quezada, quien fue condenado por un juez a pagar diez millones de pesos por «daños punitivos» al ex gobernador de Coahuila, Humberto Moreira Valdez.

A través de un pronunciamiento público que se difundió este día, las y los firmantes expresaron su preocupación al Consejo de la Judicatura de la Ciudad de México y la Comisión de Disciplina Judicial por el hostigamiento judicial contra el periodista Sergio Aguayo, el cual fue previamednte hecho de su conocimiento a través de la queja 11/2020 presentada por el apoderado legal Héctor Beristain Souza.

Humberto Moreira Valdez, exgobernador de Coahuila. | Foto: El Siglo de Torreón.

En el documento se explica que «desde el 11 de octubre de 2019, la Sexta Sala Civil del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México falló en contra del periodista Sergio Aguayo Quezada y revocó la sentencia que en primera instancia ganó el periodista, derivado de la demanda promovida por el ex dirigente del Partido Revolucionario Institucional (PRI) y ex gobernador de Coahuila, Humberto Moreira Valdez, cuyo ponente en dicho asunto fue el magistrado Francisco José Huber Olea Contró».

El magistrado Francisco José Huber es hermano de Jean Paul Huber Olea Contró, quien resultó beneficiario de una patente de aspirante a notario público expedida por Rubén Moreira Valdez, hermano de Humberto Moreira, cuatro días antes de dejar el cargo -el 30 de noviembre de 2017-, la que dos días después sirvió para que el todavía gobernador le asignara la notaría 124 de Santillo, Coahuila.

Ahora, las y los firmantes del pronunciamiento en favor de Aguayo Quezada señalan que en la resolución de la Sexta Sala del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México, el hermano de Jean Paul, es decir el magistrado Francisco José, no desarrolla estándares que justifiquen la decisión de esa sala como la real malicia, la irreparabilidad del daño ni el impacto de la columna de opinión escrita por el investigador de El Colegio de México.

En la columna de referencia, que sirvió para que Humberto Moreira Valdez demandara a Sergio Aguayo, fue publicada por los diarios Reforma y El Siglo de Torreón en enero de 2016. En ese texto, el periodista opina que el ex gobernador coahuilense -detenido en España ese mismo mes y año bajo señalamientos de malversación de recursos y blanqueo de dinero- «es un político que desprende el hedor corrupto» y que «en el mejor de los escenarios fue omiso ante terribles violaciones a los derechos humanos cometidos en Coahuila».

Las y los firmantes del apoyo a Sergio Aguayo le recuerdan al Consejo de la Judicatura de la Ciudad de México que la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, en la Declaración de Principios de la Libertad de Expresión, señala que “la protección a la reputación debe estar garantizada sólo a través de sanciones civiles, en los casos en que la persona ofendida sea un funcionario público o persona pública o particular que se haya involucrado voluntariamente en asuntos de interés público. Además, en estos casos, debe probarse que en la difusión de las noticias el comunicador tuvo intención de infligir daño o pleno conocimiento de que se estaba difundiendo noticias falsas o se condujo con manifiesta negligencia en la búsqueda de la verdad o falsedad de las mismas”.

Francisco José Huber Olea Contró, magistrado de la Sexta Sala del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México. | Foto: Poder Judicial de la Ciudad de México.

Sin embargo, añaden, la Sexta Sala del Tribunal omite tomar en cuenta que las figuras públicas o funcionarios públicos deben soportar un nivel de crítica mucho más amplio y sólo podrá alegarse un daño a la reputación si éste se causa de manera grave e irreparable.

En cuanto a la falta de proporcionalidad en la reparación, destacan que «el objetivo principal de facilitar una reparación por el daño moral ocasionado debe ser resarcir el perjuicio y únicamente se podrá exigir si se le ha reconocido culpable, lo cual no ha ocurrido en el caso concreto. Por ello dicha resolución establece un pésimo precedente que genera un efecto inhibitorio en el ejercicio de la libertad de expresión de la prensa del país».

Resaltaron, además, que la resolución contraviene el artículo 19 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos en el que se garantiza que las personas no serán molestadas por sus ideas, lo cual no ocurre en el caso concreto pues el acto que deriva en este proceso legal es justamente una columna de opinión.

«A partir de dicha resolución Artículo 19 y CIC-PC hemos observado que en los pasos subsecuentes del proceso se ha generado un efecto en cascada que continúan repercutiendo en el ejercicio profesional y personal de Sergio Aguayo. Tal es el caso de la garantía por 450 mil pesos fijada nuevamente por la Sexta Sala que “corresponde al pago del nueve por ciento de interés sobre la cantidad líquida a que condenó a la quejosa (Sergio Aguayo) a pagar” en un término de cinco días hábiles  el 19 de noviembre de 2019, mismo que al no ser cubierto en ese plazo motivó el riesgo de embargo de los bienes del periodista el día de hoy.

«En este sentido, es encomiable que este Consejo de la Judicatura de la Ciudad de México revise el actuar de la Sexta Sala del Tribunal Superior a fin de determinar la existencia de un acoso o violencia judicial cuyo fin es inhibir el debate público y la participación cívica en hechos de interés general como lo son los posibles actos de corrupción que hubiera cometido un ex funcionario local y federal».

En el documento se explica también que las relatorías para la libertad de expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y de la Organización de las Naciones Unidas han señalado que se configura el acoso judicial cuando se fabrican cargos criminales, se inician demandas civiles o procedimientos administrativos con la intención de intimidar a periodistas y personas defensoras de derechos humanos.

Por ello, «es importante resaltar que de acuerdo con lo presentado ante Ustedes en la queja administrativa 11/2020 por Sergio Aguayo y su abogado Héctor Beristain Souza, han documentado y expuesto distintos momentos donde se presumen conflictos de interés por parte del Magistrado Huber Olea Contró, tales como la entrega de la patente de la Notaria 124 de Saltillo que realizó el gobernador de Coahuila y hermano de Humberto Moreira, Rubén Moreira, al hermano del magistrado en cuestión en noviembre de 2017, entre otros actos expuestos en la queja citada.

Rubén Moreira Valdez, exgobernador de Coahuila. | Foto: Regeneración.

«Lo anterior además de permitir presumir razonablemente el conflicto de interés y parcialidad del magistrado Huber Olea, permite entender que las resoluciones y acuerdos dictados, así como la inusitada celeridad de la Sala podría ser una represalia por las publicaciones que Aguayo se ha mantenido realizando durante el transcurso de este proceso legal».

Entre los firmantes del pronunciamiento en apoyo a Sergio Aguayo se encuentran Alianza Cívica de Nuevo León; American Jewish World Service; Arkemetría Social; Asociación de Reporteros y Corresponsales del Norte de Coahuila; Buscando Desaparecidos México; Centro de Derechos humanos Bartolomé Carrasco Briseño; Centro de Derechos Humanos Miguel Agustín Pro Juárez; Centro de Derechos Humanos Paso del Norte; Centro Integral de Atención a las Mujeres de Cancún; Centro Nacional de Comunicación Social; Colectivo pro Derechos de la Niñez; Colectivo Mujer Nueva, y la Comisión Mexicana de a Defensa y Promoción de los Derechos Humanos.


Imagen de portada: Sergio Aguayo Quezada. | Foto: Más Noticias.






Luis López




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