Breaking

La condena de la justicia española en el Caso de los Jesuitas: conclusiones históricas y lecciones para la prevalencia de los derechos humanos

Diálogo País / Slider Inicio / Top News / 02/10/2020

SOMOSMASS99

 

Juan Manuel Ayala López*

Viernes 2 de octubre de 2020

 

En octubre de 2016, el presbítero Rigoberto Beltrán y quien esto escribe, integrantes del Observatorio Acambarense por los Derechos Humanos “Raúl Vera López”,  acompañados de otras personas, tuvimos la oportunidad de visitar ese pequeño país centroamericano que es El Salvador, invitados por un grupo de religiosas amigas que celebraban el centenario fundacional de su congregación y atraídos por el interés de conocer de cerca los avatares de la violencia que padece y ha sufrido desde hace muchísimo tiempo, así como el fenómeno de la migración de sus pobladores hacia otros lares, cruzando nuestro territorio rumbo a los Estados Unidos, y por ende, los caminos que han tomado diversas organizaciones para afrontar dichas problemáticas, como es el Instituto de Derechos Humanos (IDHUCA) dependiente de la Universidad Centroamericana “José Simeón Cañas” (UCA), donde nos acercamos a uno de los Casos más emblemáticos de grave violación de los derechos humanos durante la guerra civil que asoló El Salvador: el infame asesinato de seis académicos de esa institución educativa, una empleada doméstica y su hija. Caso que hemos seguido desde entonces con mucha atención e interés por su profundo significado en muchos sentidos.

Del estudio de los documentos e información del caso, como los desclasificados por el National Security Archive (NSA) y del análisis de la Sentencia No. 17/2020 de la Sala Penal de la Audiencia Nacional de España, cuyo texto es ya un documento público, ampliamente comentado por diversos medios informativos del mundo, se pueden inferir conclusiones históricas y lecciones para favorecer la prevalencia de los derechos humanos:

Conclusiones históricas:

  1. En la madrugada del 16 de noviembre de 1989, soldados salvadoreños ingresaron al campus de la prestigiada UCA en San Salvador, y asesinaron brutalmente al rector de esa universidad, Ignacio Ellacuría, y a otros cinco sacerdotes jesuitas, con una trabajadora del hogar y la hija de ésta. Los asesinatos estaban destinados a destruir el espíritu del movimiento de justicia social en El Salvador y socavar a las fuerzas insurgentes del Frente Farabundo Martí para la Liberación Nacional (FMLN) después de diez años de guerra civil. El crimen provocó indignación y condena en todo el mundo y ayudó a llevar a un acuerdo negociado entre el gobierno y la guerrilla que puso fin a la guerra en 1992.
  2. Caracterizado por un patrón de extensas masacres, asesinatos, torturas y desapariciones forzadas, el ambiente de terror provocado en esa época apuntaba en su mayor parte a civiles no combatientes y a la violación sin límites de los derechos humanos por las fuerzas armadas salvadoreñas que gobernaron utilizando la represión durante sesenta años. Éstas eran lideradas por un pequeño cuerpo de oficiales de elite que protegían sus propios intereses y los de la oligarquía terrateniente, y se mantenían en el poder a través de  “tandas” o sistema de clase de graduación y un aferrado “código de silencio”. 
  3. Al momento de los asesinatos de los jesuitas eran comandadas y controladas casi por completo por “la Tandona” – la clase 1966, la más grande, más poderosa y más corrupta en la historia de la milicia salvadoreña, que mostraba una práctica habitual de actos criminales, obstrucción de la justicia y encubrimientos conspirativos.
  4. El asesinato de Ignacio Ellacuría (filósofo de alto perfil intelectual, teólogo de la liberación, científico social e impulsor de la teoría crítica de los derechos humanos), y de quienes con él fueron masacrados, fue urdido, planeado, acordado y ordenado por los miembros del Alto Mando de las fuerzas armadas salvadoreñas, órgano al que pertenecía y del que formaba parte, en su condición de Viceministro de la Seguridad Pública, el hoy condenado por la justicia española, Inocente Orlando Montano Morales, quien participó en la decisión y junto a otros cuatro miembros de dicho organismo, transmitió la orden de realizar las ejecuciones al coronel director de la Escuela Militar quien la ejecutó por conducto del Batallón Atlacatl. “La Tandona”, siguió pasos específicos para preparar el terreno para este crimen que se produjo con el fin de aniquilar la solución negociada y pacífica a la guerra civil devastadora y, en ese preciso momento, por el consenso alcanzado entre las diferentes partes del conflicto de sacar a ese grupo de sus posiciones de poder.
  5. El ex-Presidente Alfredo Cristiani ha sido considerado como necesariamente implicado en el asesinato, en su carácter de comandante en jefe de las fuerzas armadas salvadoreñas y por lo tanto integrante del Alto Mando de las mismas.
  6. La animadversión contra Ignacio Ellacuría venía de la defensa que hicieron él y sus otros compañeros sacerdotes de la reforma agraria, de los derechos humanos y de la búsqueda de la paz propugnando firmemente por el término del conflicto mediante el diálogo, encono que se agravó durante la guerra civil. Los mandos del ejército hablaban de la paz como si fuera un enemigo público. 
  7. La Comisión de la Verdad, organismo establecido en 1991 por los Acuerdos de Paz de Chapultepec, que pusieron fin a esa guerra interna, con el fin de investigar las más graves violaciones a los derechos humanos ocurridas durante este conflicto bélico, hizo una investigación verdaderamente importante, llegando a acreditar 22.000 de esta índole.
  8. El mencionado coronel en retiro Inocente Orlando Montano Morales, fue considerado por La  Audiencia Nacional española como responsable en concepto de autor ( artículo 28 del Código Penal de ese país), por su participación personal, directa y voluntariamente intencional en los hechos que integran el delito por el que viene a ser condenado (asesinato de carácter terrorista), aunque no ejecutara personalmente el verbo del tipo – causar la muerte- y si lo hicieran otras personas en su lugar y por una orden colegiada, en la que participó. Por lo que fue sentenciado a la pena de 133 años de reclusión mayor, inhabilitación absoluta por el tiempo de la condena y al pago de las costas procesales.
  9. La justicia española condenó al que hasta ahora es el único militar salvadoreño al que se le ha demostrado, en un proceso con todas las garantías, su responsabilidad por esa masacre; ya que en El Salvador, militares de alto rango y líderes civiles fueron parte de un esfuerzo continuado de esconder la verdad sobre este crimen.
  10. Al final del texto de la sentencia en cuestión se concluye:  “Nos encontramos, por tanto, ante la existencia de un grupo, estable y permanente que, desde las más altas estructuras del poder en El Salvador, compuesto por el propio Presidente de la República, por el Ministro de Defensa, el Viceministro de Defensa, el Viceministro de Seguridad Pública, el Jefe del Estado Mayor y el Subjefe de Estado Mayor, con la colaboración y apoyo de los oficiales de alto rango que, pertenecientes a la llamada “La Tandona” (…) causaron la alarma, alteración grave de la paz y la convivencia ciudadana, cercenando el camino hacia el diálogo y la paz”. 

Lecciones para la prevalencia de los derechos humanos:

  1. La sentencia de este juicio en España contra quienes perpetraron esos asesinatos nos da la oportunidad de reflexionar sobre la justicia universal y las dimensiones que esta debe tener, especialmente ante un caso muy concreto. La justicia internacional puede resolver algunos casos simbólicos, y desde ahí contribuir a crear nuevas y favorables condiciones jurídicas y de opinión pública en los países donde las violaciones a los derechos humanos han tenido efecto. 
  2. El Caso de los jesuitas de la UCA es un ejemplo de violencia que se ejerce desde el aparato estatal, lo que suele denominarse como “terrorismo desde el Estado”. Ese asesinato fue el reflejo de la situación de violencia que vivió El Salvador, y más concretamente puso en evidencia la actuación de las fuerzas armadas, habituadas a actuar con la más absoluta impunidad. Mataron a personas inocentes, personas de bien, que dedicaron su vida a defender a los más vulnerables, a impulsar la justicia social desde la razón y el pensamiento crítico.

III. La condena contra el coronel Montano es también «una condena histórica, moral y política de sus compañeros de La Tandona», asegura el académico y activista Benjamín Cuéllar, y a quien le tocó bregar contra viento y marea con el Caso y llevarlo, ante la imposibilidad de conseguir justicia en El Salvador, a instancias internacionales como la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y la misma Audiencia Nacional española, en virtud de la doble nacionalidad de cinco de los asesinados. Con ello, no se intentó sustituir la justicia nacional sino de complementarla en aquellas obligaciones internacionales que tienen todos los tribunales nacionales cuando se comete un crimen de estas características.

  1. Mientras la consigna sea mentir, dictar órdenes y consignas ilegales, ocultar crímenes, impedir el acceso a archivos, las fuerzas armadas no son garantías de ser instituciones dignas para el desarrollo armónico y democrático de una nación.
  2. Durante la década de los ’80, las fuerzas armadas se convirtieron en uno de los principales abusadores de los derechos humanos en la historia contemporánea de América Latina, por su codicia insaciable de poder y permanencia. Nada nuevo. Este crimen sólo lo confirma. Irónicamente, este intento del Alto Mando militar por mantener a toda costa su poder y privilegios se convirtió en el hecho clave que les desacreditó, alejó del ejército y acabó con la guerra civil. 
  3. La resolución del Caso es un ejemplo de una medida de justicia para alentar lo que algunos jueces y fiscales valientes están haciendo, ya que tiene muchos elementos que pueden contribuir en algunos procesos para que se reabran o para los que ya están abiertos.

VII. El asesinato de los jesuitas y sus dos colaboradoras levantó una impresionante ola de solidaridad con El Salvador, que se venía tejiendo desde hacía muchos años, lo que potenció, y sigue haciéndolo, la exigencia de justicia y de conocimiento de la verdad. El apoyo incesante al reclamo de justicia de la UCA y de varias organizaciones de defensoras de derechos humanos, como la Asociación Pro Derechos Humanos de España, que ejerció la acción popular ante los tribunales españoles, acompañó y protegió la resistencia y la persistencia de quienes en ese país mantuvieron la verdad y acusaron a las fuerzas armadas, sin escatimar esfuerzos y con firme esperanza.

VIII. Otras causas del asesinato, se pueden encontrar en la torpe, insensible y convenenciera ceguera política del gobierno de los Estados Unidos y de la inducción al crimen por parte de empresarios y políticos corruptos, que como bandas de facinerosos, financiaban los escuadrones de la muerte.

  1. El Estado salvadoreño, a través de los agentes de las fuerzas armadas que perpetraron las ejecuciones extra-judiciales, aquí descritas, violó el derecho a la vida consagrado en el artículo 4 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos conjuntamente con los principios recogidos en el artículo 3 común de los Convenios de Ginebra de 1949.
  2. Las únicas personas declaradas culpables por los tribunales salvadoreños fueron amnistiadas pocos días después. Los autores intelectuales de este crimen,  pertenecientes al Alto Mando de las fuerzas armadas, nunca fueron investigados, procesados ni castigados. Como consecuencia de ello, el Estado salvadoreño violó el artículo 2 de dicha Convención. Además, a raíz de su aplicación al presente caso, el Estado violó, también, el derecho a la justicia y su obligación de investigar, procesar y reparar establecidos en los artículos 1, 8 y 25 de la misma Convención, así como el derecho a conocer la verdad, en perjuicio de los familiares de las víctimas y de los miembros de la comunidad religiosa y académica a la que pertenecían.
  3. Como decía Ignacio Ellacuría, “mientras la guerra dure, la única manera de salvar vidas es defender los derechos humanos, especialmente de aquellos que no tienen voz o se les ha impedido tenerla”.

XII. La sociedad civil está cada vez más abierta a reconocer la verdad del pasado y favorecer la justicia. Su respaldo y el perder el  miedo en la búsqueda de la verdad, es importante para fortalecer los sistemas judiciales. No se puede construir el futuro a base de mentiras de grupos de estilo mafioso, sean militares o civiles. La impunidad que ha cubierto a este crimen y a muchos otros de lesa humanidad y de guerra, llevó a buscar la vía de la justicia universal. Aunque es pronto para decirlo, el impacto de lo sucedido y visto en España puede tener un efecto en las instituciones de justicia salvadoreñas y de otros países, como el nuestro. 

XIII. La justicia internacional, en este contexto, funciona especialmente contra aquel tipo de personalidades que por los cargos desempeñados en el propio país pueden quedar fácilmente en la impunidad. “Justicia internacional sí. La humanidad es una y el principio de jurisdicción y tutela universal de los derechos humanos es un logro de esa conciencia de que la verdad es un derecho básico y elemental de la sociedad, y acto primordial de justicia, y ésta es el acto principal de reparación de las víctimas”, ha señalado José M. Tojeira, director del IDHUCA.

XIV. El veredicto de condena, que nos ocupa, parece expresar la quiebra del principio de impunidad de actuaciones de milicias, aunque no pueda asegurarse que tal quiebra esté garantizada para el futuro. Implica, en todo caso, una línea de esperanza en orden a asegurar la preeminencia de la sociedad civil sobre la militar y la prevalencia de los derechos humanos y de que quienes los violen no podrán seguir manteniéndose impunes por siempre.


* El profesor Juan Manuel Ayala López es vocero del Observatorio Acambarense por los Derechos Humanos Raúl Vera López.

[email protected]

Imagen de portada: Observatorio Acambarense por los Derechos Humanos Raúl Vera López.






Luis López




Entrada Anterior

Con cultura, la UNAM conmemora el Movimiento Estudiantil de 1968

Siguiente Entrada

El sector privado





0 Comentario


Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *


Más Historia

Con cultura, la UNAM conmemora el Movimiento Estudiantil de 1968

SOMOSMASS99   Redacción / SomosMass99 Ciudad de México / Viernes 2 de octubre de 2020   El 2 de octubre...

02/10/2020