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Redacción / SomosMass99
Ciudad de México / Miércoles 9 de enero de 2019
La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) llamó este día al Estado mexicano a abstenerse de adoptar medidas legislativas contrarias a estándares internacionales en materia de prisión preventiva, toda vez que las diversas iniciativas de reforma constitucional que se han presentado en el Congreso de la Unión buscan ampliar el catálogo de delitos para su aplicación y ello resulta contrario a los principios que la rigen, pues la convierten en una pena anticipada.
«La CIDH hace un llamado al Estado mexicano (…) a derogar toda disposición que ordene la aplicación obligatoria de la prisión preventiva por el tipo de delito. En esta ocasión, la Comisión Interamericana urge a los respectivos órganos legislativos a que no se apruebe una reforma contraria a los estándares interamericanos en materia de privación de libertad, y que atenta de manera evidente contra la presunción de inocencia, que constituye la garantía judicial más elemental dentro del ámbito penal, y está expresamente reconocida por diversos instrumentos internacionales de derechos humanos. En este contexto, y en armonía con lo recomendado por otros organismos de Naciones Unidas, la Comisión hace también un llamado al Estado mexicano a fin de eliminar la inexcarcebilidad de los delitos, contemplada en el segundo párrafo del artículo 19 constitucional», detalló la Comisión en un comunicado.
La CIDH expresó su preocupación en el marco del próximo periodo extraordinario de sesiones del Congreso de la Unión, en el que la Cámara de Diputados discutirá el proyecto de decreto que busca reformar el artículo 19 constitucional a fin de incrementar la lista de delitos que ameritan prisión preventiva de oficio. Ello, tras enviarse a dicha Cámara la iniciativa aproaba por el Senado –con 91 votos a favor y 18 en contra– el pasado 6 de diciembre de 2018.

Fachada del Palacio Legislativo de San Lázaro.| Foto: Cámara de Diputados Federal.
Entre los delitos respecto de los cuales se busca la aplicación automática de la prisión preventiva, destacan el abuso sexual contra menores, la desaparición forzada y desaparición cometida por particulares, robo de transporte en cualquiera de sus modalidades, uso de programas sociales con fines electorales, así como delitos en materia de hidrocarburos, petrolíferos y petroquímicos, y en materia de corrupción.
«Según los argumentos planteados por los legisladores en el marco de estas discusiones, la principal motivación de estas iniciativas respondería a la supuesta motivación de complacer la exigencia ciudadana respecto de las mejoras en las políticas de seguridad pública», recordó la CIDH.
Sin embargo, de conformidad con reiterados y constates pronunciamientos de los órganos del Sistema Interamericano de Derechos Humanos, la aplicación de la prisión preventiva obligatoria en razón del tipo de delito «constituye no sólo una violación al derecho a la libertad personal protegido por la Convención Americana, sino que convierte a la prisión preventiva en una pena anticipada y, además, constituye una interferencia ilegítima del legislador en las facultades de valoración que competen a la autoridad judicial».
Por ello, y a fin de que el régimen de prisión preventiva sea compatible con los estándares internacionales en la materia, la Comisión Interamericana recomendó al Estado mexicano que su aplicación sea a partir de la consideración al derecho a la presunción de inocencia, tener en cuenta su naturaleza excepcional y regirse por los principios de legalidad, necesidad y proporcionalidad.
En este sentido, la Comisión reiteró que «la privación de libertad de la persona imputada debe tener únicamente un carácter procesal y, en consecuencia, sólo puede fundamentarse para evitar razonablemente el peligro de fuga o impedir el entorpecimiento de las investigaciones.
Recordó que tanto la Oficina en México del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos como el Grupo de Trabajo sobre la Detención Arbitraria de Naciones Unidas manifestaron su preocupación por las iniciativas en referencia, mismas que además de debilitar diversos derechos y garantías, resultarían contrarias a las obligaciones contenidas en los tratados internacionales de los que el Estado mexicano es parte. De igual manera, que la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) manifestó su rechazo frente a estas iniciativas al considerar, entre otras cuestiones, que implicarían una “regresión al sistema inquisitivo, no abonando a la reinserción social […] ni al principio de presunción de inocencia”.
Al tiempo de reconocer los desafíos y obstáculos que enfrenta México para garantizar la seguridad ciudadana, la comisionada Esmeralda Arosemena de Troitiño recordó que de acuerdo a las obligaciones internacionales contraídas por nuestro país dichos desafíos deben enfrentarse mediante acciones eficaces que se ajusten a instrumentos internacionales como la Convención Americana sobre Derechos Humanos. Y añadió: “No existe evidencia empírica que demuestre que las políticas que se sustentan en mayores restricciones al derecho a la libertad personal, tengan una incidencia real en la disminución de la criminalidad y la violencia”.
Foto de portada: Pixabay.
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