Redacción SomosMass99
Lunes 11 de mayo de 2015
La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió la recomendación 13/2015 al gobernador de Quintana Roo, Roberto Borge Angulo, por la violación a los derechos fundamentales de los que fue víctima el periodista maya, Pedro Canché.
La CNDH concluyó tras su investigación que a Pedro Canché se le violaron sus derechos a la libertad de expresión, a la seguridad jurídica y la integridad personal.

- En su informe la CNDH destacó que el ejercicio de la libertad de expresión en México enfrenta uno de los momentos más críticos y complejos de los últimos años.
En el documento, dirigido también al magistrado presidente del TSJ, Fidel Gabriel Villanueva Rivero y a los integrantes del ayuntamiento de Felipe Carrillo Puerto, la CNDH señala que encontró elementos suficientes de convicción que acreditan que servidores públicos del Estado de Quintana Roo vulneraron los derechos humanos a la libertad de expresión, a la seguridad jurídica y a la integridad personal de Pedro Canché.
De acuerdo con la queja presentada por el periodista el 28 de agosto de 2014 al organismo nacional , Canché manifestó ser reportero independiente, quien denunciar las “amenazas realizadas en su contra” por parte de dos personas, quienes la madrugada del 26 de agosto de 2014 le enviaron mensajes intimidatorios y lo involucraron en los hechos relacionados con el bloqueo de las instalaciones de la Comisión de Agua Potable y Alcantarillado (CAPA) de la ciudad de Felipe Carrillo Puerto, Quintana Roo, que tuvo lugar del 11 al 19 de agosto y que cubrió como parte de su actividad periodística desde el día 16 de ese mes.
Señaló que servidores públicos de esa entidad federativa lo inculparon de ser el organizador de la manifestación y del bloqueo a las citadas oficinas, por lo que solicitó la intervención de esta Comisión Nacional a fin de que fuera respetada su libertad de expresión. El día 22 de ese mismo mes se ejerció acción penal en contra de él y otras dos personas por el delito de sabotaje y se solicitó al Juzgado correspondiente que se librara orden de aprehensión.
Canché fue detenido el 30 de agosto de ese año y recluido en la Cárcel Pública Municipal. El 5 de septiembre de 2014 se le dictó auto de formal prisión por el delito de sabotaje previsto y sancionado en el artículo 204 del Código Penal de esa entidad. Al tratarse de un delito grave de conformidad con el artículo 100 del Código de Procedimientos Penales para el Estado Libre y Soberano de Quintana Roo, no tuvo derecho a la libertad provisional bajo caución.
A través de Artículo 19, el 24 de septiembre de 2014 la CNDH recibió un escrito que señala que el 11 de agosto de 2014 comenzó un movimiento social con protestas frente a las oficinas de la CAPA, expresando su inconformidad por el incremento a las tarifas del servicio público de agua potable y cuyos participantes fueron desalojados la madrugada del 20 de agosto de 2014 por agentes antimotines y policías judiciales, evento que el periodista se encargó de documentar.
Artículo 19 mencionó que los días 30 y 31 de agosto de 2014, Pedro Canché fue golpeado por otros internos sin que los custodios intervinieran, lo que le provocó lesiones, por lo que solicitó medidas cautelares a favor de este último.
Por todo ello, a través de un comunicado la CNDH señala que “analizó los anteriores elementos desde la perspectiva de los derechos humanos y, a la luz de los criterios expuestos por organismos y tribunales internacionales, llegó a la conclusión que son insuficientes para imputar el delito de sabotaje y constituyen acciones desproporcionadas de la autoridad ministerial que tienen por objeto inhibir la libertad de expresión de quien documenta y difunde cuestiones públicas”.
Y pide al gobernador de Quintana Roo instruir al procurador General de Justicia de ese estado para que, en atención a las violaciones a derechos humanos acreditadas y que han trascendido a la situación jurídica actual del periodista maya, se haga valer esta circunstancia en la causa penal lo antes posible para que pueda ser tomada en cuenta por el Juez correspondiente. También se solicitó reparar el daño a la víctima.


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