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LSI: «La defensa judicial de la Constitución ha comenzado», dice #SeguridadSinGuerra

Sociedad País / Top News / 14/05/2018

SOMOSMASS99

 

Redacción / SomosMass99

Ciudad de México / Domingo 13 de mayo de 2018

 

Luego de que dos jueces dictaron tres sentencias de amparo contra la Ley de Seguridad Interior (LSI), más de 300 organizaciones defensoras de derechos humanos del colectivo #SeguridadSinGuerra pidieron a las y los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) que defiendan el orden constitucional y declaren la inconstitucionalidad de dicha ley en todos sus preceptos.

A la vez, exhortaron de manera enérgica a Andrés Manuel López Obrador, José Antonio Meade, Ricardo Anaya, Margarita Zavala y Jaime Rodríguez, candidatos a la presidencia de la República, y al Poder Legislativo, «para que de una vez por todas se pronuncien por impulsar la abrogación de la Ley de Seguridad Interior por amenazar a la ciudadanía y a la democracia misma, como ha quedado claro» en las resoluciones judiciales.

«Construir paz es el anhelo de un país lastimado profundamente por su crisis de violencia e impunidad. Nos urgen más #JuecesPorLaPaz, #MinistrosPorLaPaz y #CandidatosPorLaPaz. Nos urge echar abajo las amenazas hechas ley, que nunca debieron existir», dijeron.

A través de un pronunciamiento público, señalaron que «a casi cinco meses de la apresurada y cuestionada aprobación de la Ley de Seguridad Interior por el presidente de la República y un Congreso que ignoró las voces nacionales e internacionales que advirtieron de los riesgos de su aprobación, y sin existir información pública sobre sus actos de aplicación, ha comenzado la defensa judicial de la Constitución frente a una ley que la violenta y amenaza los derechos de las personas en México».

La postura del colectivo se da a escasos días de que, mediante tres sentencias de amparo, los jueces federales Fernando Silva García, Juez Octavo de Distrito en Materia Administrativa, y Karla Macías Olvera, Juez Novena de Distrito del Estado de Guanajuato, sostuvieron que por el sólo hecho de existir, la LSI amedrenta los derechos de las y los mexicanos, y les inhibe en el ejercicio de sus derechos, aún sin que exista un acto concreto de aplicación.

Como explica la juez Macías Lovera, añadieron, los efectos de las normas que se impugnan se desprenden de la alegada naturaleza ambigua, equívoca, vaga e imprecisa de dichas normas, que generan un efecto inhibidor al ejercicio de los derechos de acceso a la información, libertad de expresión, reunión, asociación, privacidad , protección de datos personales…”.

En una de sus consideraciones, el juez Fernando Silva confirma lo que el colectivo alertó desde antes de que la LSI fuera aprobada y promulgada: que para su puesta en marcha no es necesario emitir una declaratoria de protección a la seguridad interior. O como lo dice el juez en su sentencia: «… el precepto 26 de la Ley de Seguridad Interior al establecer que las Fuerzas Armadas pueden llevar acciones de seguridad interior para atender riesgos de seguridad interior, es evidente que para ello no se requiere la emisión de declaratoria alguna, pues en términos del artículo 11 de la Ley de Seguridad interior, la citada declaratoria sólo se puede emitir ante una amenaza de seguridad interior, pero no así ante un riesgo que sólo constituye una situación que potencialmente podría convertirse en alguna amenaza a la seguridad interior, pero que aún no llega a constituirse».

Para el colectivo #SeguridadSinGuerra las sentencias de los jueces son una alerta más sobre el riesgo que implica la LSI, que coincide con lo que por meses advirtieron distintas voces ciudadanas y académicas, organismos internacionales como la ONU y la Comisión Interamericana de Derech0s Humanos, además de instituciones nacionales como el INAI y la Comisión Nacional de Derechos Humanos, y gobiernos estatales y municipales de distintas partes del país.

Imagen: #SeguridadSinGuerra.

Bajo el hashtag #JuecesPorLaPaz, y poniéndolos como ejemplo, las organizaciones del colectivo reconocieron y respaldaron el trabajo de los jueces Karla María Macías Olvera y Fernando Silva García por su «defensa de nuestra Constitución con estas primeras sentencias históricas contra la Ley de Seguridad Interior y a favor de la paz; así como las eventuales sentencias que se emitan en el mismo sentido para resolver los múltiples amparos que se promovieron en contra de esa ley».

El Estado mexicano ya ha sido condenado

Al resolver a favor la demanda de amparo interpuesta por la abogada Bárbara Zamora, del bufete Tierra y Libertad dedicado a la defensa de los derechos humanos, capacitación y asesoría jurídica en materia agraria y problemas penales, el juez Silva García sostuvo que la intervención militar en tiempos de paz «implica la medida excepcional de solicitar al instituto armado que participe en tareas distintas a aquella loable labor para la cual fue creado (la defensa de la soberanía nacional) y por ende que se introduzca un riesgo para el ejercicio de los derechos fundamentales de las personas, precisamente porque la autoridad militar difícilmente puede sustraerse al régimen de mando y adiestramiento para el cual fue creado», por lo cual «puede provocar actos de imposible reparación en perjuicio de los integrantes de la sociedad».

En sentido muy parecido fue la sentencia de la juez Macías al conceder el amparo de la justicia federal solicitado por el Centro de Derechos Humanos Miguel Agustín Pro Juárez, Artículo 19, Red en Defensa de los Derechos Digitales y Fundar-Centro de Análisis e Información, también integrantes del colectivo #SeguridadSinGuerra.

En el sexto punto de su resolución, referido al contexto, la juez recuerda que las actividades de seguridad ciudadana interna por las Fuerzas Armadas han derivado en «considerables quejas por violaciones a los derechos humanos». Hasta 2015, «según la Secretaría de la Defensa Nacional, la Comisión Nacional de Derechos Humanos tenía ciento quince recomendaciones por violaciones a los derechos humanos por militares: tortura, homicidios, violaciones sexuales».

Retoma, también, partes del Informe sobre la Situación de los Derechos Humanos en México, publicado en 2015 por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), en el que se da cuenta de casos emblemáticos de violaciones a los derechos humanos con participación de agentes del Estado: Tlatlaya, con el homicidio de 22 personas, «algunas de ellas presuntamente ejecutadas extrajudicialmente por miembros del Ejército»; así como el homicidio, lesiones y desaparición de estudiantes normalistas en Iguala, Guerrero, en septiembre de 2014″.

Recordó que, particularmente, la CIDH alertó particularmente sobre la situación contra las personas y grupos defensores de derechos humanos, entre amenazas y desapariciones y ataques contra la vida e integridad personal, hostigamiento y amenazas, vigilancia, intercepción de comunicaciones y desafíos en la aplicación del mecanismo para la protección de las personas defensoras de derechos humanos y periodista.

Y en el punto IX de su resolución, respecto a las violaciones a la jurisdicción de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, destaca que la misma corte ha enfatizado la importancia de limitar el papel de las Fuerzas Armadas en nuestro país, además de que el Estado mexicano ya ha sido condenado en varias ocasiones y que «en cuatro de ellas el Ejército ha estado involucrado en la comisión de graves violaciones a derechos humanos», como es el caso de «la desaparición forzada de Rosendo Radilla Pacheco a manos de agentes militares».

 


Foto de portada: Sedena.






Luis López




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