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SCJN ordena al Congreso de Yucatán reponer y transparentar votación sobre matrimonio igualitario

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SOMOSMASS99

 

Redacción / SomosMass99

Ciudad de México / Jueves 19 de agosto de 2021

 


  • La Primera Sala de la SCJN concedió el amparo contra del Congreso yucateco por haber votado de forma secreta y antidemocrática en 2019 contra las iniciativas de ley para reconocer el matrimonio igualitario

 

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ordenó este miércoles al Congreso de Yucatán reponer y transparentar la votación sobre matrimonio igualitario, con el fin de que los ciudadanos puedan conocer el sentido del voto de cada uno de los legisladores.

De esta forma, la Primera Sala de la SCJN determinó que el Congreso de ese estado actuó de manera ilegal e inconstitucional al rechazar, mediante voto secreto (votación por cédula), las iniciativas de reforma discutidas en 2019 que pretendían modificar la Constitución del estado para reconocer el matrimonio igualitario en la entidad.

La resolución de la SCJN responde a los amparos promovidos por el Colectivo por la Protección de Todas las Familias en Yucatán, Article 19 Oficina para México y Centroamérica, Indignación, Promoción y Defensa de los Derechos Humanos, y la Unidad de Atención Sicológica, Sexológica y Educativa (UNASSE, A. C.), bajo los expedientes 25/2021 y 27/2021, en los que se destaca la ilegalidad del método de votación secreta, toda vez que resultaba inconstitucional por violar los derechos a la transparencia activa y participación política en asuntos públicos.

A través de un comunicado, la organización Equipo Indignación explicó que atraídos por la Suprema Corte, los amparos se turnaron a las ponencias de los ministros Juan Luis González Alcántara Carrancá y Alfredo Gutiérrez Ortiz, de la Primera Sala, que elaboraron las dos  propuestas favorables a las personas quejosas que este miércoles fueron aprobadas por unanimidad por la Primera Sala del Máximo Tribunal.

Foto: César Martínez López / Cimacnoticias.

Las sentencias en lo esencial consideraron que “[l]a autonomía del Poder Legislativo […] y la división de poderes no pueden implicar de ningún modo que la generalidad de los actos internos de este Poder no estén sujetos a la Constitución Federal o que sean total y absolutamente ajenos a control constitucional mediante el juicio de amparo”, por lo que dejan un precedente importante sobre la exigibilidad de los actos intra legislativos de los Congresos locales y federal.

Ambas sentencias señalan, además, que “la imposición de una votación por cédulas secretas […] con el objetivo de permitir el matrimonio igualitario en la entidad transgredió claramente los principios de legalidad y seguridad jurídicas, por contravenir la legislación orgánica y reglamentaria del propio Congreso del Estado de Yucatán, generándose a su vez una violación a los derechos a la libertad de expresión, acceso a la información y participación activa en los asuntos públicos del Estado de las y los quejosos”.

Equipo Indignación sostuvo que las sentencias resultan fundamentales toda vez que, en principio, «exhiben el actuar antidemocrático de la actual legislatura y garantizan los derechos políticos y de libertad de expresión de la ciudadanía yucateca, pero además resultan en un precedente importante que resalta la obligación de los congresos del país de legislar bajo parámetros democráticos y de transparencia».

En ese sentido, consideró que esta es una oportunidad invaluable para que la LXII Legislatura yucateca, en cumplimiento de las sentencias de la Corte, repare el proceso legislativo, realice una votación abierta y transparente y apruebe la iniciativa para reconocer el matrimonio y el concubinato para las parejas del mismo sexo, como una manera de resarcir, aunque sea en parte, las flagrantes violaciones a derechos humanos que se gestaron en esta legislatura que está por concluir.

Estimó importante también insistir en que ambas sentencias son un parámetro y una advertencia para la legislatura entrante en Yucatán, de que en los procedimientos legislativos se debe ceñir a los derechos humanos reconocidos.


Foto de portada: Wikipedia.






Luis López




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