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Redacción / SomosMass99
Ciudad de México / Domingo 27 de mayo de 2018
El caso de Valentina Rosenda Cantú, indígena me’phaa de Guerrero, está cerca de convertirse en el primero en que militares son sentenciados por la justicia civil por haberla sometido a tortura, violación sexual y abuso de autoridad en el año 2002. Fin de un proceso que, para organizaciones internacionales defensoras de derechos humanos, es muy importante porque se enmarca «en la discusión sobre la militarización de la seguridad pública y la Ley de Seguridad Interior en México».

Valentina Rosendo Cantú. | Foto: Centro de Derechos Humanos Tlachinollan.
Originaria de la comunidad de Caxitepec, municipio de Acatepec en la región de la Montaña de Guerrero, Valentina Rosendo fue víctima de militares cuando tenía 17 años de edad. Acudió a la justicia de su estado y a la federa, pero no obtuvo respuesta. Al contrario, fue amenazada e intentaron secuestrara a su pequeña hija. Para defenderse y obtener justicia tuvo que aprender español y viajar a otros países.
Luego de que en agosto de 2010 la Corte Interamericana de Derechos Humanos sentenció al Estado mexicano a reconocer su responsabilidad, emitir una disculpa pública (que cumplió hasta diciembre de 2011, casi año y medio después) y a reparar el daño, los peligros en su contra no cesan: en la segunda semana de este mes de mayo, se vio obligada a renunciar a la candidatura a la presidencia municipal de Acatepec, pues de acuerdo a Pablo Amílcar Sandoval Ballesteros, presidente del Comité Estatal del partido Morena en Guerrero, Valentina sufrió una persecución -que fue considerado un atentado- en la carretera federal a Tlapa de Comonfort.
Es en este marco que la jueza del Séptimo Distrito con sede en Guerrero está próxima a dictar sentencia contra dos de los militares que agredieron a Valentina Rosendo. Y por ello, siete organizaciones internacionales defensoras de derechos humanos, aglutinadas en el Observatorio Internacional sobre Derechos Humanos en México, emitieron un posicionamiento en el que recuerdan que desde 2010 con la resolución de la Corte Interamericana de Derechos Humanos quedó plenamente probado que la joven «había sido víctima de graves violaciones de derechos humanos en un contexto marcado por la pobreza, discriminación y lo que la Corte-IDH denominó ‘violencia institucional castrense'».
Este caso es paradigmático, estimaron, toda vez que se trata del primero en que la tortura sexual cometida por elementos del Ejército será juzgada en el fuero civil ordinario y bajo un encuadre de los delitos correctos. Sentará un precedente fundamental para otros casos de abusos militares en contra de civiles y pondrá a prueba la capacidad del Estado mexicano de llevar a la práctica las reformas al Código de Justicia Militar de 2014, que buscaron asegurar que las violaciones de derechos humanos cometidas por las Fuerzas Armadas en contra de civiles ya no fuesen investigadas «bajo la opacidad de la jurisdicción militar».

Resaltaron también la importancia de la sentencia en este caso, pues se da en el marco del debate en México sobre la militarización de la seguridad pública en México, la cual se intensificó con la aprobación de la Ley de Seguridad Interior en diciembre de 2017, y porque «es un recordatorio sobre las consecuencias en la realidad» de políticas y legislaciones «que, por acción u omisión, permiten que los actos de las Fuerzas Armadas mexicanas no estén sujetos a mecanismos de control y rendición de cuentas civiles.
«El Poder Judicial de la Federación tiene una oportunidad histórica e irrepetible de enviar un mensaje contundente de que ni los soldados ni los marinos están por encima de la ley y del Estado de derecho, y que deben rendir cuentas cuando cometan abusos y delitos contra civiles. Así, este caso representa una oportunidad irrepetible de frenar la impunidad en casos de abusos militares, situación que preocupa particularmente al Observatorio Internacional, pues de acuerdo con la información disponible, la mayoría de las violaciones de derechos humanos cometidas por las Fuerzas Armadas quedan impunes.
El Poder Judicial de la Federación tiene una oportunidad histórica e irrepetible de enviar un mensaje contundente de que ni los soldados ni los marinos están por encima de la ley y del Estado de derecho, y que deben rendir cuentas cuando cometan abusos y delitos contra civiles. Así, este caso presenta una oportunidad irrepetible de frenar la impunidad en casos de abusos militares, situación que preocupa particularmente al Observatorio Internacional, pues de acuerdo con la información disponible, la mayoría de las violaciones de derechos humanos cometidas por las fuerzas armadas quedan impunes».
Las organizaciones consideraron que el Juzgado Segundo de Distrito tiene, también, «una oportunidad sin precedentes de sentar jurisprudencia en el plano nacional sobre la calificación de hechos como tortura sexual, cometida por elementos del Ejército, desde la perspectiva de género e intercultural, lo cual se ajustaría a la jurisprudencia y fallo de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, así como a la Ley General para Prevenir, Investigar y Sancionar la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, en particular en cuanto a la definición de tortura prevista en su artículo 24.
En resumen, «la aplicación consistente y sistemática de los estándares nacionales e internacionales mencionados para la resolución del caso enviarían una señal inequívoca a los órganos de procuración de justicia sobre el rechazo absoluto a la tortura, en particular, el de la tortura sexual en contra de mujeres como forma de obtener información o confesiones autoinculpatorias en el marco de la investigación del delito (…) Esta sentencia tiene la posibilidad de hacer valer el derecho a la justicia, verdad y reparación de la señora Rosendo Cantú, después de 16 años de búsqueda de justicia».

Valentina Rosendo Cantú en 2011. | Foto: La Onda Oaxaca.
El Observatorio Internacional sobre Derechos Humanos en México está integrado por Acción de los Cristianos para la Abolición de la Tortura-Francia (ACAT-France); Coordinación Alemana por los Derechos Humanos en México; Fundación para el Debido Proceso (DPLF); Latin America Working Group (LAWG); Oficina en Washington para Asuntos Latinoamericanos (WOLA); Organización Mundial Contra la Tortura (OMCT); y el Robert F. Kennedy Human Rights.
Foto de portada: Saúl López-Cuartoscuro / Archivo.
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