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Cimacnoticias*
Ciudad de México / Martes 20 de septiembre de 2022
En México la participación de las Fuerzas Armadas en tareas de seguridad pública ha sido una preocupación constante por décadas. La militarización no solo no ha reducido la inseguridad y la violencia, ni ha logrado desmantelar las redes del crimen organizado coludidas con el Estado, también ha obstaculizado el acceso a la justicia, lesionando principalmente a grupos históricamente oprimidos y vulnerados. Ha generado opacidad y ausencia de rendición de cuentas efectiva, dejando un camino de graves violaciones a los derechos humanos.
Las Fuerzas Armadas no están formadas con un enfoque de seguridad ciudadana. La Corte Interamericana de Derechos Humanos destacó, en el caso Alvarado Espinoza y otros vs México (2018), que el mantenimiento del orden y la seguridad pública debe estar reservado primordialmente a las corporaciones policiales civiles y que las fuerzas armadas sólo pueden participar en ellas de manera excepcional, extraordinaria, regulada, fiscalizada, subordinada y complementaria.
Las reformas recientemente aprobadas por el Congreso violan nuestra Constitución Política porque ceden a la Secretaría de la Defensa Nacional (SEDENA) el control presupuestario, administrativo y operativo de la Guardia Nacional (GN), la cual debe ser una policía de carácter civil. Entre otras cosas, faculta la participación de los militares en el desarrollo de manuales de organización, planes, programas y estrategias de seguridad pública; permite que la GN sea quien auxilie a la SEDENA y no a la inversa; además, es la SEDENA quien podrá organizar la distribución territorial de la GN.
Aunado a lo anterior, el pasado 14 de septiembre la Cámara de Diputados aprobó una reforma constitucional que extiende la temporalidad del ejército en funciones de seguridad ciudadana hasta 2028, y no 2024 como se definió cuando se aprobó la creación de la GN.
Por ello, desde la sociedad civil, lamentamos que la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) haya decidido no promover una acción de inconstitucionalidad en contra de las reformas aprobadas y publicadas el 9 de septiembre del año en curso. Se trata de una renuncia a sus mandatos de protección a los derechos humanos establecido en la Constitución, y a velar por que las normas aprobadas no vulneren los derechos humanos consagrados en la Constitución y en los tratados internacionales de los que México es parte.
Su decisión implica también una violación a los Principios relativos al estatuto y funcionamiento de las instituciones nacionales de protección y promoción de los derechos humanos (Principios de París) que rigen a las instituciones Ombudspersonae, los cuales establecen explícitamente atribuciones para:
● “examinar la legislación y los textos administrativos en vigor, así como los proyectos y proposiciones de ley y ha[cer] las recomendaciones que considere apropiadas para garantizar que esos textos respeten los principios fundamentales en materia de derechos humanos”;
● “en caso necesario, recomendar la aprobación de una nueva legislación, la modificación de la legislación en vigor y la adopción de medidas administrativas o su modificación”;
● “velar por que leyes, reglamentos y prácticas nacionales se armonicen con instrumentos de derechos humanos en los que el Estado sea parte”.
La actual postura de la CNDH es contraria e incongruente con la tomada respecto a la Ley de Seguridad Interior, cuando señalaba que dicha ley era contraria a los derechos humanos, entre otras cosas por la subordinación de autoridades civiles a militares, porque posibilitaba que, de manera discrecional y sin las debidas garantías de transparencia y rendición de cuentas, “el Ejecutivo Federal [pudiera] ordenar la intervención de las fuerzas armadas e incidir en el ámbito de libertades y derechos de las personas”.
Dado el quiebre democrático que ha implicado la militarización de la seguridad pública y el aumento de la participación de los militares en tareas que corresponden al ámbito civil, exigimos que no se considere como facultativo sino como obligatorio el papel de contrapeso y de mecanismo de control que debe ejercer la CNDH.
Por lo anterios, exhortamos.
- A la CNDH a reconsiderar llevar a cabo la defensa de los derechos humanos que le corresponden, y someter al criterio de la Suprema Corte de Justicia de la Nación tanto las reformas legales como la constitucional mencionadas.
- Al Senado de la República a que cite a comparecer a la presidenta de la CNDH para que explique la decisión que ha tomado dicha institución.
- A las mujeres feministas a cargo de dirección en la CNDH a interpelar a su presidenta, y defender y actuar conforme a los mandatos de la institución.
- Al mismo tiempo, solicitamos la renuncia de la presidenta de la CNDH, María Rosario Piedra Ibarra, porque han supeditado la defensa y protección de los derechos humanos que las y los ciudadanos le exigimos a sus intereses personales y del presidente de la República.
La producción y la reproducción de la violencia, el conflicto y la muerte atreves de una estrategia militar no son la solución. Las feministas transincluyentes, antiracistas, antipunitivistas y antimilitaristas, así como las víctimas y familiares de víctimas de violaciones graves a los derechos humanos, nos pronunciamos por la vida, la paz y la justicia.
#ResistenciaFeminista #Antimilitarista #EstadoMilitarizadoEsCrimenDeEstado #NoAlMilitarización #FueraRosarioPiedra #HastaEncontrarte
* Cimacnoticias es una agencia multimedia especializada en periodismo con Perspectiva de Género.
Foto: Twitter @yoMexiro.
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