SOMOSMASS99
Redacción / SomosMass99
Guanajuato, Gto. / Jueves 25 de febrero de 2016
Luego de que la justicia federal dio por prescritos los delitos por los que se le acusaba desde el levantamiento armado del Ejército Zapatista de Liberación Nacional (EZLN) en enero de 1994, el Subcomandante Marcos, ahora Galeano, respondió a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) que «en todo esto los únicos terroristas son quienes han mal gobernado este país desde hace 80 años».
En un comunicado fechado el 23 de febrero, la SCJN dio a conocer que «el juez Juan Marcos Dávila Rangel, titular del Juzgado Primero de Distrito en el Estado de Chiapas, informa que decretó el
sobreseimiento por prescripción de la acción penal a favor de ‘El Subcomandante Marcos’ y 12 personas más», de las que no da nombres, pero a las que en conjunto «se les imputaba la comisión de los delitos de sedición, motín, rebelión, terrorismo y conspiración, además de que al primero se le atribuía portación y transmisión de arma de fuego de uso exclusivo del Ejército, Armada y Fuerza Aérea, provocación de un ilícito y apología de un delito».
También a través de un comunicado, «el difunto y añorado (¡Ja!) Sup Marcos» dijo a los miembros del Consejo de la Judicatura Federal que «ustedes son simplemente los lavamanos legales de esos genocidas», en referencia a quienes han gobernado el país las últimas ocho décadas. «Juntos, han convertido el sistema judicial en una letrina malhecha y saturada, la bandera nacional en un rollo de papel higiénico reusable y el escudo en un logotipo de marca de comida rápida indigesta».
En el texto, firmado «desde tres metros bajo tierra» y al que se adhiere el Sup Galeano con la pregunta de «¿por qué tan serios?», añade que «lo demás es sólo tramoya que simula justicia donde sólo hay impunidad e impudicia, y finge ‘gobierno institucional’ donde no hay más que despojo y represión».
Autorizado por la Comandancia General del EZLN, el comunicado va firmado además por el Subcomandante Insurgente Moisés. Lleva una posdata del Sup Marcos, en la que dice: ¿O sea que el tampiqueño ya puede salir de comunidad y lanzarse por unas jaibas rellenas? Claro, que invite, si no pues de balde. ¿Y ya puede lo que cualquier mexicano?, es decir, ¿ser explotado, burlado, defraudado, humillado, despreciado, espiado, extorsionado, secuestrado, asesinado, desaparecido, e insultado en su inteligencia por quienes dicen gobernar este país? Digo, porque eso es lo único que ‘las instituciones’ le garantizan hoy a cualquier ciudadano que no sea de arriba».
La SCJN explicó en su comunicado que «la determinación judicial se basa en el artículo 101, del Código Penal Federal, que establece que la prescripción es personal y para ella bastará el simple
transcurso del tiempo señalado por la ley, produciendo sus efectos, aunque no lo alegue como excepción el inculpado, ya que los jueces la suplirán de oficio, en cuanto tengan conocimiento de ella, sea cual fuere el estado del proceso».
La Corte señala además que en «la presente causa penal, 18/1995 existe concurso de delitos; por tanto, la acción penal prescribirá con el delito que merezca mayor pena, es decir el de Terrorismo, sancionado de dos a 40 años de prisión.
«Asimismo, se desprende que el 9 de febrero de 1995, el Juzgado Primero de Distrito en el Estado de Chiapas libró la orden de aprehensión en contra de los mencionados. Establecido lo anterior, se concluyó que del 9 de febrero de 1995, fecha en la que se notificó al agente del Ministerio Público de la Federación adscrito, la resolución de esa misma fecha, en que se libró la referida orden de aprehensión, a la actualidad, 12 de febrero de 2016, ha transcurrido el término que establece la ley para que opere la prescripción de la acción penal que pudiera ejercer la representación social de la Federación, esto es, 21 años».
Aquí el comunicado del Subcomandante Marcos, ahora Galeano: http://enlacezapatista.ezln.org.mx/2016/02/25/asi-que-mejor-autoprescribanse-esto/
Aquí el comunicado de la SCJN: http://ep00.epimg.net/descargables/2016/02/23/0a296105f9a365191c92f4af8e6c5c5d.PDF
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