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Redacción / SomosMass99
Ciudad de México / Jueves 2 de marzo de 2017
El juez Sexto de Distrito de Acapulco, Guerrero, determinó que no hay pruebas en contra de Arturo Campos Herrera, consejero de la Coordinadora Regional de Autoridades Comunitarias-Policía Comunitaria (CRAC-PC), que lo acrediten como responsable del delito de secuestro.

Agustina García, esposa de Arturo Campos Herrera, familiares y organizaciones civiles marcharon en Chilpancingo, Guerrero, hacia el Monumento a los Caídos del 60, con motivo de la resolución del juez a favor del integrante de las CRAC-PC.
Además de colocar a Campos Herrera en la antesala de la libertad, pues desde hace tres años se encuentra preso, la resolución del juzgador reconoce como legal y legítimo el sistema de justicia y seguridad de las CRAC-PC, de tal suerte que familiares del detenido y organizaciones civiles exigieron a las autoridades pleno respeto a la autonomía y las formas de organización de los pueblos indígenas y libertad a todos los presos políticos del país.
A través de un comunicado, el Centro de Derechos Humanos de la Montaña Tlachinollan dio a conocer este día que la determinación del juez Benito Arnulfo Zurita Infante se dio desde el 9 de febrero, al resolver el amparo 746/2016 interpuesto por Arturo Campos Herrera contra la resolución de la Cuarta Sala Penal del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Guerrero que confirmó el auto de formal prisión dictado en su contra por el delito de secuestro.
«El juez federal consideró que no esta acreditado el delito de secuestro con ningún medio de prueba, al tiempo que reconoce la legalidad y legitimidad a la Coordinadora Regional de Autoridades Comunitarias-Policía Comunitaria (CRAC-PC), por lo que concede el amparo y protección de la justicia federal a Arturo Campos Herrera, para el efecto de que la Cuarta Sala Penal del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Guerrero ‘deje insubsistente la resolución que confirmó el auto de formal prisión en su contra por el delito de secuestro y en su lugar dicte una nueva donde determine que en la causa penal no se acredita el delito de secuestro’”, informó el centro Tlachinollan.
La resolución, añadió Tlachinollan, obliga a la Cuarta Sala Penal a emitir un fallo que ponga en libertad inmediata e incondicional al consejero de la CRAC-PC Arturo Campos Herrera, toda vez que «el fallo del juez federal evidencia el uso desviado del derecho penal y las instituciones de justicia para perseguir a los pueblos indígenas que se organizan para ejercer su derecho a tener su propia seguridad, como es el caso del sistema de autoridades integradas en la CRAC-PC.
La determinación del juzgador, además, comprueba que «Arturo Campos Herrera, Gonzalo Molina y demás autoridades comunitarias están en prisión por motivos políticos dado que no existen pruebas ni elementos que acrediten el delito por el que se les acusa. Por el contrario, su trabajo fue organizar a sus pueblos para velar por la seguridad y el ejercicio de sus sistemas normativos».
Por todo ello, demandó la libertad inmediata e incondicional de Arturo Campos Herrera, el cese al hostigamiento del sistema de justicia comunitario, así como el pleno respeto a la autonomía y las formas de organización de los pueblos indígenas y libertad a todos los presos políticos del país.
El comunicado también está firmado por Agustina García, esposa de Arturo Campos, el Centro Regional de Defensa de los Derechos Humanos José María Morelos y Pavón, el Colectivo Contra la Tortura y la Impunidad y la Red Nacional de Organismos Civiles de Derechos Humanos Todos los Derechos para Todas y Todos, que aglutina a 80 organizaciones de 21 estados del país.
Fotos de portada e interiores: José I. Hernández / Cuartoscuro.


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