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©Gaudencio Rodríguez Juárez*
Jueves 8 de junio de 2023
¿Cómo saber si somos potenciales padres adoptivos? ¿Cómo saber si estamos listos para tal cosa? Preguntas complejas que tienen una respuesta formal, pues la adopción es una figura jurídica que existe para restituir los derechos de una niña, niño o adolescente que perdió los cuidados parentales, y para que ésta sea benéfica, quienes adoptan deben reunir ciertas condiciones de acuerdo con el marco legislativo.
¿Cuáles son esas condiciones? En México, el artículo 390 del Código Civil Federal plantea que pueden adoptar uno o más niñas, niños o adolescentes las personas mayores de veinticinco años, siempre y cuando acredite:
- Que tiene medios bastantes para proveer a la subsistencia, la educación y el cuidado de la persona que trata de adoptarse, como hijo propio, según las circunstancias de la persona que trata de adoptar.
- Que la adopción es benéfica para la persona que trata de adoptarse, atendiendo al interés superior de la misma.
III. Que el adoptante es persona apta y adecuada para adoptar.
La norma es clara, no se trata de ser millonarios, sino sólo contar con lo suficiente para garantizar el acompañamiento que lleve a la madurez y al logro de la autonomía plena a un ser humano, a través de una parentalidad amorosa y respetuosa.
Parentalidad amorosa significa, parafraseando al biólogo Humberto Maturana, reconocer a la hija o hijo como un legítimo otro en la convivencia cotidiana. Es decir, que aun cuando su comportamiento sea inadecuado, las medidas educativas y disciplinarias nunca atentarán contra los derechos la niñez.
Parentalidad respetuosa significa tener consideración en todo momento de que la hija o el hijo es digno, que es poseedor de una dignidad que no debe ser pisoteada con métodos de crianza perjudiciales.
Quienes adoptan han de asumir que la adopción debe ser benéfica no para ellos, sino para la persona que tratan de adoptar. Parece una obviedad, pero en los hechos existen personas que no lo tienen tan claro, lo cual queda en evidencia en las entrevistas que se realizan por parte de los equipos técnicos que tienen la enorme tarea se determinar la aptitud parental adoptiva.
En dichas entrevistas, en el momento de explorar las motivaciones para la adopción, quienes entrevistan suelen escuchar infinidad de motivos que llevan a los adoptantes a buscar una hija o un hijo, motivos responsables, es decir, que responden a las necesidades e interés superior de la niñez, así como motivos irresponsables, o sea, aquellos que están más en función e interés de los adoptantes y que pueden resultar riesgosos y perjudiciales para quien pretenden adoptar, por ejemplo, para que alegren el hogar, para rescatar un matrimonio que se está desquebrajando, para superar la tristeza profunda producto de la imposibilidad procreativa, etcétera.
Los motivos responsables hablan del deseo de una hija o un hijo, mientras que los irresponsables sugieren la necesidad de una niña o niño.
La adopción, repito, es una institución que existe para restituir el derecho a vivir en familia a niñas, niños y adolescentes que perdieron los cuidados parentales y, con esto, contar con unos nuevos padres que, junto con el Estado, puedan garantizarle todos los demás.
Que la adopción sea en el interés superior de la niñez, significa también, que no han de ser las y los adoptantes quienes han de elegir a la niña, niño o adolescente, sino que esta es labor de un equipo técnico conformado por multiprofesionales del área de la psicología, derecho, trabajo social, etcétera.
Es un equipo técnico quien también realiza los estudios pertinentes para determinar la aptitud que la ley exige. Se trata de entrevistas, aplicación de test, visitas domiciliarias, etcétera. El resultado de esos estudios es la determinación a cargo de un Consejo Técnico que otorgará un Certificado de Idoneidad si la aptitud queda documentada.
La responsabilidad de los equipos y consejos técnicos es muy grande, pues se trata de tomar decisiones que marcarán la vida de niñas, niños y adolescentes y que serán formalizadas por quienes imparten justicia una vez que el caso sea presentado a los tribunales.
Ser apto para adoptar significa, principalmente, contar con la capacidad suficiente para la práctica de una parentalidad deseante, amorosa y respetuosa, así como con recursos suficientes para garantizar un sano desarrollo al respectivo hijo o hija.
* Psicólogo / [email protected]
Foto de portada: Guillaume de Germain (@guillaumedegermain) / Unsplash.
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