SOMOSMASS99
Oscar Alzaga*
Jueves 8 de junio de 2023
En la presente entrega realizamos un balance sobre la reforma legislativa laboral sobre libertad sindical de 2017 en la Constitución y de 1919 en la ley reglamentaria, la Ley Federal del Trabajo (LFT), tomando en cuenta y partiendo de que vivimos 36 años de gobiernos neoliberales en México, de 1982 a 2018. Que hicieron retroceder como nunca los derechos laborales y sindicales, elevados a derechos humanos en 2011, por la presión de la Corte Interamericana de Derechos Humanos de la OEA.
El caso Rosendo Radilla (1974-2009) obligó al Estado mexicano a incorporar los derechos humanos que en 2011 no existían en la Constitución, ya que los de Salinas (1992) fueron una simulación o farsa, pues excluyó los derechos del trabajo y los electorales (Salinas fue presidente por al fraude electoral de 1988). Más adelante puntualizamos los retrocesos deliberados y graves de derechos humanos laborales, ocurridos de 1982 a 2018.
Si bien hubo cambios positivos e importantes con la llegada del gobierno de 2018, de Andrés Manuel López Obrador, creemos que en el mundo laboral y el de libertad sindical, el cambio ha sido muy débil en su implementación o puesta en marcha. Como lo muestra el hecho reciente de la legitimación de los contratos colectivos de trabajo (CCT) al cierre del 1 de mayo de 2023, que solo lo hizo el 14% del total de 139 mil CCT, desapareciendo el 86% de los CCT del país, afectando los derechos colectivos de los trabajadores, al quedar como derechos individuales. Para el 29 de abril de 2022 (ver la Jornada), la Secretaría de Trabajo y Previsión Social (STPS) afirmó que de 500 mil CCT, solo iban legitimados 4 mil CCT, el 1%. Después la misma STPS bajó la cifra a 139 mil CCT en total.
En 2017 el gobierno federal de Peña Nieto propuso una reforma constitucional sobre la libertad sindical, que fue aprobada en febrero de ese año, la que un año después –en febrero de 2018- se legislaría para llevar esa reforma a la ley reglamentaria, la LFT. La reforma constitucional fue por el compromiso que hizo el gobierno para acceder a la firma de los tratados internacionales del transatlántico del pacífico desde 2016, pues era un requisito para la firma.
Algo similar ocurrió con el gobierno de Salinas en 1992, cuando México reformó la Constitución creando las comisiones de derechos humanos -federal y estatales-, sin ser vinculatorias sus recomendaciones y excluyendo los derechos laborales y electorales. En realidad, era para cubrir el requisito para firmar el TLCAN en 1994, y no porque a ese gobierno le interesara el avance en los derechos humanos. Para Salinas fue una simulación los derechos humanos y con Peña Nieto había la misma intención. Pero a muchos se les olvido el antecedente, y nombraron la reforma de Peña Nieto “la reforma más importante del siglo”, sobre la libertad sindical.
La intención de Peña y el PRI quedó clara en febrero de 2018: el PRI, la CTM y la CROC presentaron un proyecto de reforma laboral de la LFT regresiva y llamada “la peor reforma de la historia” y contraria a la reforma constitucional. Pero llegó el cambio de gobierno y ganó por amplio margen Andrés Manuel López Obrador (AMLO), se hizo a un lado el proyecto del PRI y se logró -con el nuevo gobierno- que en 1919 que se hiciera una buena reforma a la LFT, que comentamos aquí.
En los 36 años de neoliberalismo hubo 3 fraudes electorales presidenciales en 1988, 2006 y 2012 que marcaron el rumbo degradado de la vida pública, política, social, judicial, ideológica e histórica de México. En efecto, de 1982 a 2018 vive el país una política institucional de retroceso, marcado por fraudes electorales a la vista del pueblo, y México quedó fuera de los avances en Latinoamérica de esos años.
Latinoamérica en esos años vive cambios democráticos: al rechazar el Estado de Sitio en Argentina en 2001 y al abortar en Venezuela el Golpe de Estado en 2002, fraguado por Estados Unidos junto con la oligarquía venezolana. Luego avanzan gobiernos democráticos como Brasil, Uruguay, Ecuador, Bolivia y derrotan el ALCA de Estados Unidos en 2005 en Mar de Plata y se unifican naciones de Latinoamérica en torno a ALBA. En una segunda etapa de unidad, de 2017 a 2023, participa México con López Obrador en esa Unidad Latinoamericana.
En 2023 no se debe olvidar los 36 años de neoliberalismo, fue la peor época laboral y sindical desde 1917, con: la brutal caída del salario nacional, caída del empleo estable o de planta y creció el empleo eventual o inestable; así como las prestaciones sociales y contractuales, el presupuesto social y la salud nacional, etc. Fue aún más grave con los tres derechos colectivos básicos, que integran la libertad sindical, se deforman y reducen: la organización sindical, los CCT, la negociación colectiva y la huelga. El 16 de julio de 2017 (La Jornada) el secretario de trabajo Alfonso Navarrete presumió que “en México ya no había huelgas”, “en 2014 y 2015 no hubo ninguna”, “en 2016 solo 2 huelgas y en 2017, de enero a junio, 1 sola.” Declaró en los medios de prensa, como si fuera un triunfo de la justicia. (Ver gráficas I, II y III)
Con la firma del TLCAN del 1 de enero de 1994 entre Estados Unidos, Canadá y México, (el mismo día que se levantó la rebelión de Chiapas del EZLN), se promete que con “los acuerdos paralelos” se respetarán los derechos laborales y ambientales, lo cual resultó falso, no se cumplió nada hasta 2018.
De 1982 a 2018, a la mayoría de los CCT -los gobiernos y patrones con la pasividad de la mayoría de sindicatos-, los deforman y convierten en contratos colectivos de protección patronal (CCPP), denunciados en 2009 en la Organización Internacional del Trabajo (OIT), como el caso 2694, México, que crecen como nunca con la firma del TLECAN; los CCPP también fueron denunciados en la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) en diciembre de 2017 en Panamá; y aquí en México ante la representación del Parlamento Europeo en 2018.
También bajó la tasa de sindicalización en el país de 1980 al 2020, de 22 millones de afiliados a 8.4 millones. Si bien la baja sindical fue internacional producto de la política de derecha de Reagan y Thatcher; en México fue mayor y siguió a la baja hasta 2018; a la par que creció la sub-contratación (outsourcing) que la mayoría empleaba trabajadores eventuales sin sindicalizar, como condición de empleo, en esa medida creció el empleo sin sindicalizar. La subcontratación no fue exclusiva de la iniciativa privada, más de las grandes empresas, fue también de los tres poderes legislativo, judicial y ejecutivo, federal y estatal, de instituciones y empresas públicas, etc.
Los sindicatos “charros”, la mayoría del PRI, fueron subordinados a los gobiernos y patrones desde 1946 a 1952, con la política de violencia y charrazos de Miguel Alemán, y ahora son meros simuladores de la defensa de sus agremiados, la verdad es que defienden más a las empresas, por eso firman CCPP, y permiten la desafiliación o los hacen de confianza o nuevos eventuales, sin sindicalizar.
Los sindicatos “blancos” surgieron desde hace mucho en Monterrey, pero ahora han crecido más que nunca con los gobiernos y patrones neoliberales: Germán Larrea y su Grupo México afiliaron a sus trabajadores a esos sindicatos de FNSI; Bailleres y sus empresas afiliaron a sus trabajadores a un sindicato formado por el patrón “Frente”; Alonso Ancira y sus empresas tenían grupos de golpeadores en 2009 y en 2015 formaron un sindicato “democrático”, entro otros más.
Realizaron una reforma laboral el 30 de noviembre de 2012 entre el PAN y PRI, el último día del gobierno de Calderón, la caracterizó legalizar lo ilegal, empezando por la subcontratación (outsourcing) que en México existía antes de esa fecha, pero era ilegal, pero con la reforma laboral la legalizaron. Crearon varios modelos de empleo eventual, para fomentar ese empleo barato, creciendo éste casi a 10 millones de trabajadores para 2022; la reforma redujo el valor de los salarios caídos por despidos injustificados, como un premio para los patrones que despiden sin fundamento; volvieron a crear los contratos individuales a prueba por 30 días, sin ninguna obligación para el patrón, lo que en la LFT anterior estaba prohibido, etc.
Pero quizá de todo lo expuesto lo peor no sea la reforma incumplida de 2019, sino el incumplimiento de la LFT y de la Constitución por los gobiernos neoliberales y aún ahora, aunque sea en menor medida, como ejemplo están las 3 huelgas del Sindicato Minero que iniciaron el 30 de julio de 2007, por violaciones a los 3 CCT, uno de cada empresa, siendo del mismo patrón; por carecer de seguridad en las minas, como lo acreditaron las inspecciones de la autoridad, la empresa se negó a cumplir las observaciones de la inspecciones y a conciliar la solución de los 3 conflictos: e iniciaron las 3 huelgas; el patrón solicitó en los 3 casos la declaración de inexistencia de las huelgas, que le fue concedido por la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje (JFCA) en dos ocasiones en 2 huelgas y en 4 ocasiones en la huelga de Cananea. En las 3 huelgas declaradas inexistentes, el Sindicato logró con amparos que las 3 fueran declaradas existentes o legales. Por lo que la empresa acudió a otros actos ilegales, como veremos.
A pesar de que la LFT no acepta otro recurso legal que impida una huelga, en las 3 huelgas el gobierno de Calderón (2006 a 2012) lo permitió y luego el de Peña Nieto (2012 a 2018) siguió en contra de las huelgas. En Taxco la empresa demandó la terminación de la relación de trabajo individual y colectiva sin responsabilidad del patrón: “por estar agotadas las minas”, lo que se acredito que era vil mentira, ya que la empresa declaró lo contrario en la Bolsa Mexicana de Valores. No obstante, la JFCA permitió que la empresa repitiera otra demanda por la misma causa “por estar agotadas las minas”, lo cual se volvió a acreditar que era falso. Finalmente, la huelga sigue y sin justificación alguna de la empresa, desde 2017 a 2023 se ha negado a resolver la huelga y a pagar salarios caídos conciliando la solución. Por lo que se ha pedido la cancelación de la concesión de la mina a Germán Larrea, que es propiedad del Estado mexicano.
En la huelga de Sombrerete (propiedad del mismo patrón) al no poder ganar la huelga, la empresa metió un sindicato ajeno a demandar la titularidad del CCT al sindicato Minero en huelga, lo que permitió la JFCA, no obstante, la votación la ganó en 2012 el Sindicato Minero y derrotó al sindicato de simulación. Por lo que la empresa repitió la misma demanda de titularidad del CCT con un sindicato blanco de Monterrey, en contra el Sindicato Minero, haciendo cualquier cantidad de trampas y sobornando autoridades para ganar la votación, lo que indebidamente ocurrió en 2018, por lo cual el sindicato recurrió al amparo y luego al amparo en revisión hasta la Suprema Corte de Justicia de la Nación, donde por fin se ganó en diciembre de 2021, el Sindicato Minero ganó. Sin embargo, la JFCA congeló un año el expediente sin darle ningún trámite.
En la huelga de Cananea, la mina más grande el país, su dueño perdió la huelga por las violaciones al CCT debidamente acreditadas como la inseguridad en las minas, entonces recurrió al extremo: a demandar en paralelo a la huelga la terminación de las relaciones de trabajo colectivas e individuales, la terminación del CCT y las relaciones con el sindicato minero, por “causas de fuerza mayor”; paralelamente puso a su abogado particular en el cargo de la Secretaría de Gobernación, el segundo mando del país de 2009 a 2011, para que le resolviera los asuntos a Germán Larrea, en primer lugar Cananea y logró que sin la única prueba –la inspección de la mina- se aceptara por todas las autoridades ordinarias y de amparo, hasta llegar a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), como válida la prueba de la inspección, nunca realizada. En 2011 se resolvió por la SCJN en definitiva como concluida la huelga de Cananea.
En las tres huelgas quedó impune la inseguridad en las minas del oligarca Germán Larrea, quien además en la mina Pasta de Conchos cometió un homicidio industrial el 19 de febrero de 2006, provocando por su negligencia de no cubrir las medidas de seguridad en las minas, provocó la explosión de la mina, y 5 días después de la tragedia, pidió no rescatar a los mineros, sin saber si estaban vivos o heridos, “porque era más peligroso el rescate que dejarlos.” Lo que hasta la fecha se ha cumplido: el capricho irracional y criminal del oligarca, porque en la mina de San José, en Chile, los 33 mineros de la explosión y atrapados, fueron encontrado todos vivos a los 17 días. Aquí hasta hoy no han sido rescatados, pese a que en 2016 el empresario perdió un amparo en el que pedía el no rescate definitivo de los cuerpos, amparo que perdió. ¿Por qué no quiere el oligarca el rescate de los cadáveres? Porque podrían aparecer indicios claros de que después de la explosión estaban aún vivos varios mineros, de los 65 muertos, siendo el patrón directamente el responsable.
Por Cananea el Sindicato Minero recurrió a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) en base al tratado internacional ratificado por México: Convención Americana de Derechos Humanos, acudió a pedir su apoyo para los derechos humanos de 657 mineros y sus familias, que el 28 de marzo de 2021 otorgó la Admisibilidad, notificada después. Que revivió y actualizó los derechos de los mineros y sus familias.
La reforma sobre Libertad Sindical que quedó en el proyecto, sin cumplir
Aunque la reforma laboral de 2019 dejó muchos retrocesos cometidos por la reforma laboral neoliberal del 30 de noviembre de 2012, avanzó muy bien en materia de Libertad Sindical, siguiendo la reforma constitucional de 2017, la ratificación en 2018 del convenio 98 de la OIT, y la entrada en vigor del T-MEC en 2018. Pero de modo inexplicable, Arturo Alcalde optó por dejar intacta la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje, sin cambio alguno, para perpetuar la corrupción y el neoliberalismo que caracteriza al tribunal laboral más importante de México. No quiso siquiera hacer un intento de erradicar la corrupción, sabiendo que ese tribunal es enemigo a muerte de la libertad y democracia sindical, por ser un tribunal pro-patronal.
¿Cómo implementar la reforma laboral sin permitir el acceso a la justicia que debe ser a través de los tribunales de trabajo? Peor aún: ¿cómo implementar la libertad sindical con enemigos de la democracia? Como son los patrones que controlan la JFCA que es líder de las juntas estatales, los patrones a los que sirven los líderes charros y líderes blancos, los patrones que con el apoyo de éstos cambiaros los CCT por CCPP, los patrones que promovieron -y promueven hasta donde pueden- la subcontratación. Los nuevos tribunales judiciales laborales y el Centro Federal de Conciliación inician al final del sexenio, tratando pocos casos aún, siguen las Juntas llevando la mayor carga de asuntos laborales, pese al desmantelamiento de ellas.
En efecto, a la reforma laboral de 2019 le ha faltado su implementación y su puesta en marcha por las autoridades, se quedó en el texto la reforma. La STPS ha preferido que los trabajadores la implementen solos, sin su participación, prefiere dejar solas a las partes en la implementación del procedimiento, sin participar las autoridades, para que solos los trabajadores procedan a su aplicación, pese a que ellos se encuentren “atados de manos” por sindicatos blancos y charros, claramente con la complicidad patronal, siendo ellos los principales beneficiarios, que apoyan a los sindicatos charros o a los blancos. No es un secreto en México saber que los líderes se reeligen a espaldas de los trabajadores o que revisan los CCT a espaldas de la mayoría de los trabajadores, esa ha sido su práctica desde hace décadas, y si ahora no se les obliga, seguirán haciendo lo mismo de antes, hasta por comodidad.
En General Motors se dejó libremente al charro Tereso Medina suspender dos veces el recuento de votos, porque él iba perdiendo, sería hasta la tercera vez, cuando se le impida suspender la votación debido a la presencia de autoridades extranjeras. Sin que la autoridad hiciera nada. Igual en la elección de petroleros, en el comunicado de la STPS (I-II-2022) señaló: “El Sistema Remoto de Votación Laboral (Sirvolab), diseñado por la STPS y puesto a disposición del sindicato para la realización de su elección, funcionó eficientemente. La modalidad del voto electrónico garantizó una jornada pacífica y resultados la misma noche.” “Solo hubo 191 inconformidades.” Pero no se informó del contenido de las inconformidades, ni del papel de los 400 inspectores que anunció la STPS. Es decir, el voto electrónico lo manejó el sindicato petrolero, confiando las autoridades en su respeto a la ley, sin tomar en cuenta de que es el sindicato más corrupto y desprestigiado del país.
Esos ejemplos son para la autoridad; “¿no intervenir en la vida de los sindicatos o permitir que se aplique la Ley al gusto de los líderes?” Como se sabe las leyes son obligatorias en su cumplimiento, no se deja a que cada quien las aplique a su gusto. El artículo 523 de la LFT señala: “La aplicación de las normas de trabajo compete, en sus respectivas jurisdicciones: “I. A la STPS”. En primer lugar, a la STPS, como la institución más importante del país en justicia laboral, dar acceso a la justicia a los trabajadores. El artículo 40 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, dice en el artículo “40: A la STPS corresponde el despacho de los siguientes asuntos: I.-Vigilar la observancia y aplicación de las disposiciones relativas contenidas en el artículo 123 y demás de la Constitución Federal, en la LFT y en sus reglamentos.”
La LFT es de cumplimiento obligatorio, no opcional como lo aplica la STPS, desde 2018 no hay autoridad que la haga cumplir, en esa situación surgió la reforma laboral de 2019 sobre la libertad sindical: un buen proyecto que no se aplica en los hechos, por temor a la confrontación con el empresariado y el sindicalismo charro y patronal.
Reformas laborales del Senado
Salvo la ratificación del Convenio 98 de la OIT sobre la libertad sindical y la libre contratación colectiva, las siguientes reformas fueron frenadas por la patronal a través de senadores y en el caso de la reforma sobre salarios caídos y la subcontratación, ambas reformas regresivas del PAN y PRI de la reforma de 2012, hasta la STPS y algunos senadores de Morena (Monreal) se opusieron apoyando a la patronal. Ha tenido otras reformas laborales cuya iniciativa es del Senado, de la Comisión de Trabajo que preside el Senador Napoleón Gómez Urrutia, como ratificar el Convenio 98 de la OIT, sobre el derecho de sindicación y de negociación colectiva el 23 de noviembre de 2018; como reformar 6 leyes y 1 código sobre la Subcontratación Laboral (outsourcing) el 23 de abril de 2021; ratificar el convenio 190 sobre violencia y acoso el 6 de julio de 2022; la reforma sobre las vacaciones dignas que entró en vigor el 1 de enero de 2023; ratificación del Convenio 189 sobre las trabajadoras y los trabajadores domésticos el 3 de julio de 2022.
En los medios laborales se reconoce la reforma sobre la subcontratación como la más importante en el sexenio, debido a la de 2019, se ha quedado en el texto, mientras que la reforma de la subcontratación se aplica por 6 autoridades y casi 3 millones de trabajadores se han visto beneficiados de obtener estabilidad en el empleo o la planta, de ser inscritos en el IMSS e INFONAVIT, etc.
La reforma constitucional sobre los derechos humanos internacionalizó el derecho mexicano y creó 5 nuevos principios de rango Constitucional en 2011, pero ni el gobierno de Calderón ni el de Peña Nieto los cumplieron
En el siglo XX fue común reconocer la Constitución como la Ley Suprema, pero desde 2011, la reforma sobre derechos humanos trastocó la jerarquía de leyes en el país y los tratados internacionales ratificados por México pasan a ser de la misma jerarquía que la Constitución. Además, crea 5 nuevos principios constitucionales: de universalidad, interdependencia. Indivisibilidad y progresividad y queda prohibido la discriminación por el motivo que sea. Este paso significa un gran avance. Pero los gobiernos de Felipe Calderón y el de Peña Nieto, fueron los primeros en no cumplir con la Constitución al llevar a cabo reformas regresivas y discriminatorias, como la reforma a la LFT de noviembre de 2012, como fue la reforma educativa de Peña, las reformas energéticas y otras más.
La reforma constitucional de los derechos humanos crea para la nación un nuevo derecho internacional con 5 nuevos principios de rango supremo, que incluye los derechos laboral y sindical, su puesta en marcha es fundamental.
Cuadros I, II y III anexos, de caída de sindicalización internacional y de la caída de huelgas en México:
Año | Revisiones CCT | Emplazamientos | Huelgas |
2010 | 36 mil (aprox.) | 12 682 | 11 |
2011 | Igual | 10 950 | 13 |
2012 | Igual | 9 877 | 19 |
2013 | igual | 9 192 | 18 |
2014 | Igual | 8 777 | 0 |
2015 | igual | 7 155 | 0 |
2016 | 36 mil | 6 379 | 2 |
2017 (enero a junio) | 2 972 | 1 |
Fuente: Cuadro de los autores, con datos de Alfonso Navarrete Prida, del 16-VII-2017 de La Jornada.
* Abogado del Sindicato Minero y la Confederación Internacional de Trabajadores (CIT).
Foto de portada (ilustrativa): Congreso de la Unión.
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