Redacción SomosMass99
17 de noviembre de 2014
A la sombra de Ayotzinapa
Los días de esta Audiencia Final del Tribunal Permanente de los Pueblos-Capítulo México han coincidido con uno de los momentos socialmente más dramáticos e institucionalmente más crítico en la vida de la sociedad mexicana. La presencia y el testimonio de tres representantes de los estudiantes y los familiares de los jóvenes desaparecidos en Iguala clausuraron las sesiones públicas de la Audiencia Final del TPP-México. Con todo el impacto del dolor y la documentada participación de agentes y connivencia de los poderes públicos, los hechos de Ayotzinapa no constituyen apenas un capítulo más en el largo listado de violaciones de los derechos a la dignidad y a la vida de los pueblos de México: son la expresión dramática, real y simbólica, de la actualidad y de la significación de las propuestas del TPP. Este dictamen quiere ser parte integrante de la movilización y de la lucha que se están manifestando en todo el país: el juicio que aquí se presenta sobre causas y responsables se aplica desde ahora también como condena a los autores de los hechos de Ayotzinapa y como exigencia de vida y justicia de quienes en este momento siguen desaparecidos.
Todo aquello que se ha documentado tan trabajosamente durante tres años de labor del Tribunal, se condensó en Iguala en unas horas de barbarie. Y en ese reino de la impunidad que es el México de hoy, hay homicidios sin asesinos, torturas sin torturadores, violencia sexual sin abusadores, en una desviación permanente de responsabilidad en la que pareciera que los miles y miles de masacres, asesinatos y violaciones sistemáticas a los derechos de los pueblos son siempre hechos aislados o situaciones marginales y no verdaderos crímenes en los que tiene responsabilidad el Estado.
El Tribunal Permanente de los Pueblos-Capítulo México se reunió en la ciudad de México del 12 al 15 de noviembre para presentar la sentencia de la audiencia final en materia de Comercio, Violencia, Impunidad y Derechos de los Pueblos en México.
En el caso de las acusaciones analizadas por este Tribunal, se verifica una situación generalizada de impunidad, entendida como la falta de una investigación efectiva y de aplicación de sanciones a los responsables. Pero también se observa una impunidad histórica, una falta de asunción de las responsabilidades políticas por parte de los distintos estamentos estatales, que deja a las víctimas en una situación de falta de reconocimiento de sus derechos, huérfanas de posibilidades de reparación.
Tras el análisis de los testimonios y demás pruebas aportadas, el Tribunal concluye que existen responsabilidades jurídicas por parte de cuatro actores: el Estado mexicano; lasEmpresas Transnacionales; Terceros Estados (como es el caso de los Estados Unidos de América o Canadá, entre otros) e Instituciones Internacionales (entre las que cabe mencionar a la OMC, el FMI, el Banco Mundial, la OMPI, entre otras). En los cuatro casos se trata de distintas formas de responsabilidad.
El Estado mexicano, en sus niveles municipal, estatal y federal, tiene responsabilidad internacional objetiva por violación de la obligación de garantizar el libre y pleno ejercicio de los derechos humanos a todos los ciudadanos sin discriminación alguna (art. 1.1 Convención interamericana de derechos humanos: obligación de garantía; art. 2 Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos de Naciones Unidas). Específicamente los derechos a la vida, integridad física, propiedad colectiva de la tierra, libre expresión, salud, medioambiente sano, vivienda digna, protesta social, libre asociación, trabajo digno, autodeterminación, identidad, idioma, usos y costumbres propios, defensa del territorio, acceso a la justicia, derecho a la presunción de inocencia (por ejemplo en el caso de los defensores ambientales sometidos a procesos judiciales) y derecho al consentimiento libre, previo e informado. Consecuentemente, tiene responsabilidad por violación de los deberes de prevenir, investigar, sancionar y reparar las violaciones a esos derechos humanos.

- El TPP determinó que los gobiernos de Carlos Salinas, Ernesto Zedillo, Vicente Fox, Felipe Calderón y Enrique Peña son responsables de crímenes de lesa humanidad.
El Estado mexicano, en su nivel municipal, estatal y federal, tiene asimismo responsabilidad por la violación de los derechos recogidos en el propio texto de la Constitución Mexicana. Tiene responsabilidad por desvío de poder (tal como fue definido por la Comisión Interamericana de derechos humanos en el caso Gallardo, Informe 43/96), materializado en desamparo institucional, delegación irresponsable de funciones esenciales, privatización de espacios y servicios públicos con graves consecuencias para la salud o integridad (como mostró el caso de la guardería ABC), abandono del rol de protección de derechos económicos, sociales y culturales, degradados a mera función de beneficencia o menospreciados, uso excesivo de la fuerza pública para reprimir manifestaciones sociales (grupos de choques, desplazamientos forzados), y aquiescencia y complicidad con el accionar delictivo de las empresas transnacionales condenadas en esta sentencia, entre otras.
El Estado mexicano, finalmente, tiene en sus tres niveles responsabilidad específica por su acción e inacción en materia de derecho al medio ambiente sano, que han dado lugar a una situación de catástrofe ambiental. El Estado actuó como fiador de la impunidad ambiental, debido a una política de doble discurso de defensa de los derechos humanos y dictado simultáneo de leyes que los vulneran al punto que las instituciones ambientales se han convertido en meras procesadoras de trámites y autorizaciones de impacto ambiental a negocios privados.
Dado que las acusaciones presentadas ante este Tribunal involucran numerosos períodos de gobierno, la sentencia ha buscado sistematizar los delitos más graves por período de gobierno siendo que condena:
1) A los responsables del gobierno de Carlos Salinas de Gortari (1/12/1988 al 30/11/1994) por la comisión de crímenes de lesa humanidad (por actos de exterminio) y por delitos contra el derecho a la alimentación.
2) A los responsables del gobierno de Ernesto Zedillo Ponce de León (1/12/1994 al 30/11/2000) por la comisión de crímenes de lesa humanidad (por actos de exterminio),
3) A los responsables del gobierno de Vicente Fox Quesada (1/12/2000 al 30/11/2006) por la comisión de crímenes de lesa humanidad (por actos de exterminio, tortura, persecución de un grupo o colectividad con identidad propia fundada en motivos políticos, desapariciones forzadas de personas y privaciones de la libertad).
4) A los responsables del gobierno de Felipe Calderón Hinojosa (1/12/2006 al 30/11/2012) por la comisión de crímenes de lesa humanidad (por actos de asesinato, extermino, violación, persecución de un grupo o colectividad con identidad propia fundada en motivos politicos y responsabilidades individuales por crímenes internacionales); por delitos contra el derecho a la alimentación y la existencia de un cuadro generalizado de impunidad.
5) A los responsables del gobierno de Enrique Peña Nieto (1/12/2012 al día de hoy) por la comisión de crímenes de lesa humanidad (por actos de asesinato, exterminio, esclavitud, violación, persecución de un grupo o colectividad con identidad propia fundada en motivos políticos, desaparición forzada de personas). Responsabilidades individuales por crímenes internacionales, por delitos contra los derechos económicos, sociales y culturales, por delitos contra el medio ambiente y por la existencia de un cuadro generalizado de impunidad.
La historia del TPP
El Tribunal Permanente de los Pueblos (TPP) nace hace 35 años a partir de la Declaración Universal de los Derechos de los Pueblos (Argel, 1976), el papel del TPP ha sido el de ofrecer una alternativa a los pueblos que no encuentran respuestas en las instituciones (nacionales e internacionales) que oficialmente representan el derecho de los Estados. El TPP busca transformarse en una tribuna de visibilidad, de toma de palabra, de narración de las violaciones sufridas.
La Audiencia Final del Tribunal Permanente de los Pueblos sobre Libre Comercio, Violencia, Impunidad y Derechos de los Pueblos representa la conclusión de un largo camino que empezó el 21 de octubre de 2011 con la presentación del acto de acusación en una sesión pública en la UNAM y que se ha desarrollado a través de siete audiencias temáticas y tres transtemáticas dedicadas a explorar de manera sistemática y juzgar el espectro complejo y dramático de las violaciones de los derechos fundamentales de los pueblos que han ocurrido a lo largo del periodo específicamente considerado en los procedimientos del TPP: 1982-2014.
Integran el jurado Philippe Texier, Francia, como presidente; monseñor Raúl Vera, México; Elmar Altvater, Alemania; Luciana Castellina, Italia; Graciela Daleo, Argentina; Alda Facio, Costa Rica; Daniel Feierstein, Argentina; Juan Hernández Zubizarreta, España; Carlos Martín Beristain, España; Antoni Pigrau Solé, España; Silvia Rodríguez, México y Nello Rossi, Italia.
El TPP ha escuchado numerosos testimonios del horror, a través de las voces de muchas mujeres víctimas y sobrevivientes, periodistas amenazados, indígenas cuyos territorios son codiciados y cuyas formas de vida están en peligro, comunidades afectadas por devastación ambiental entre otros muchos.
Crisis de Derechos Humanos
El Tribunal, a lo largo de las audiencias realizadas y a través de los numerosos testimonios orales y escritos recibidos, que documentan alrededor de 500 casos, ha podido constatar la extrema gravedad de las violaciones de derechos humanos en México, hasta el punto de que puede hablarse de una crisis humanitaria generalizada, que afecta a muy amplios sectores de la población y que ha llevado a una situación de crisis de Estado.
El Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional, ratificado por México el 28 de octubre de 2005, define en su Artículo 7 los Crímenes de lesa humanidad. Esta categoría incluye distintas modalidades de crímenes que adquieren dicha condición cuando se cometen “como parte de un ataque generalizado o sistemático contra una población civil y con conocimiento de dicho ataque”.
Aunque los datos son variables se estima en más de 37.000 personas muertas[18] desde el inicio del sexenio de Felipe Calderón Hinojosa, en una progresión que no cesa, tratándose, en buena parte de los casos, de ejecuciones extrajudiciales.
Por ejemplo, solamente en 2009 el Estado de Chihuahua fue el que reportó la mayor cantidad de muertes violentas alcanzando un total de 3,250 y, dentro de Chihuahua, el municipio que reportó mayor cantidad de muertes violentas fue Ciudad Juárez con el 81% (2,630).
Particularmente impresionante es el fenómeno que ha sido denominado como feminicidio. Entre 2011 y 2013, se han documentado un mínimo de 1889 casos de asesinatos de mujeres, por parte del Observatorio Ciudadano Nacional de Feminicidio.
Se han documentado ante el TPP numerosos asesinatos. Entre ellos el asesinato de Marisela Escobedo Ortiz, ocurrido en Chihuahua el 16 de diciembre de 2010 fue un caso paradigmático de feminicidio, criminalización de los defensores de derechos humanos y omisión dolosa del Estado ante una muerte anunciada.
En el tema de deportación o traslado forzoso de población algunas fuentes calculan entre 1.5 y 2 millones de personas. Los motivos incluyen el impacto de megaproyectos de minería e hidroeléctricos o los efectos de la militarización y violencia desatadas por la llamada guerra contra la droga.
Resulta obligado, en estos días en que se produce la sesión final del TPP y en este contexto referirse a la desaparición, una vez detenidos por la fuerza pública, de 43 estudiantes de la Escuela Normal Rural “Raul Isidro Burgos”, de Ayotzinapa, Guerrero, el 26 de septiembre de 2014, hecho que ha conmocionado a todo el país y al mundo.
El Tribunal se compromete a dar voz y transmitir al mundo el mensaje sobre la gravedad del momento que vive México y el riesgo de que la violencia contra la población pueda intensificarse pero, a la vez, el sentimiento de optimismo que se desprende de la voluntad de lucha mostrada, que alimenta una gran esperanza en estos tiempos decisivos para el futuro de México.
El Tribunal, vista la importancia y trascendencia de las demandas de justicia que han acompañado a las presentaciones, resuelve remitir el expediente, dictamen y recomendaciones no solamente a las instituciones de gobierno, sino también, para que actúen en consecuencia con sus competencias, facultades y atribuciones. (Con información de América Latina en Movimiento http://alainet.org/active/78838).
(Los textos completos, en fase de redacción final, serán accesibles en el sitio de la Fondazione Basso http://www.internazionaleleliobasso.it)



Comparte en Facebook
Twittéalo








